TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de diciembre de 2011 455045 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y sus anexos deberán publicarse, el mismo día, en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm. gob.pe) y del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS (www.juntos.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 729762-1 Eliminan de los procedimientos pensionarios 3, 5 y 6 del TUPA del Despacho Presidencial el requisito concerniente a la copia del DNI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2011-PCM Lima, 15 de diciembre de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 650-2011-DP/SSGPR remitido por la Subsecretaria General de la Presidencia de la República; y, el Informe Nº 039-2011-PCM/OGPP-NSG remitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2010-PCM se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Despacho Presidencial; Que, el artículo 30º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, establece que para efectos identifi catorios ninguna persona, autoridad o funcionario podrá exigir, bajo modalidad alguna, la presentación de documento distinto al Documento Nacional de Identidad - DNI; ni tampoco podrá requisar o retenerse el documento bajo responsabilidad; Que, a través de los documentos del visto, se solicita modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Despacho Presidencial, a fi n de suprimir el requisito concerniente a la Copia del Documento Nacional de Identidad - DNI, en los procedimientos pensionarios Nº 03, 05 y 06, toda vez que dicho organismo público, a través de la Base de Datos del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, cuenta con acceso directo al Documento Nacional de Identidad - DNI de los ciudadanos; Que, según el Informe Nº 039-2011-PCM/OGPP- NSG del 15 de noviembre de 2011, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros concluye que la propuesta de modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Despacho Presidencial, concerniente a la eliminación del requisito sobre el requerimiento de la copia del Documento Nacional de Identidad - DNI, se ajusta al Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, norma que aprueba los Lineamientos para elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA en las entidades públicas; Que, el artículo 38º numeral 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 54º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Despacho Presidencial es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM, que aprueba los Lineamientos para elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Eliminación de Requisito Eliminar de los procedimientos pensionarios 3, 5 y 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Despacho Presidencial el requisito concerniente a la copia del Documento Nacional de Identidad - DNI, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo deberán ser publicados en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.servicioalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www. presidencia.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 2º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 729762-2 Aprueban la Ficha Socioeconómica Única (FSU), a ser utilizada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 342-2011-PCM Lima, 16 de diciembre de 2011 Visto, el Informe Nº 179-2011-PCM/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, . CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 130-2004-EF establece los criterios y mecanismos para mejorar la equidad y calidad en el gasto social, y la prioridad de atención de los grupos benefi ciarios a través de la focalización, con el objetivo de hacerlo más efi ciente y efi caz, y lograr mejoras en el bienestar de las poblaciones en situación de pobreza y mayor vulnerabilidad; Que, de acuerdo al artículo 5º del citado dispositivo, la focalización de hogares se realiza a través de la Ficha Socioeconómica Única (FSU) y la Metodología de Cálculo del índice de Focalización de Hogares, las cuales serán revisadas por el Ministerio de Economía y Finanzas y sus modifi caciones se aprobarán mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Resolución Ministerial Nº 399-2004-PCM creó el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) y aprobó la Directiva de Organización y Funcionamiento del SISFOH, con el propósito de proveer información a los programas sociales para la identifi cación y selección de sus benefi ciarios;