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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2011 (03/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de enero de 2011 433426 Que, en virtud de lo establecido en la Sección XIX del Contrato de Concesión, las partes han acordado suscribir la Addenda No. 03 al Contrato de Concesión, con el objeto de modifi car la Cláusula 1.5 en diversos aspectos; Cláusula 9.4 literales d) y e); Cláusula 9.13 inciso a) del Literal A; Cláusulas 12.7 y 12.8 del Contrato de Concesión; Que, para tal efecto, de conformidad con lo previsto en el Contrato de Concesión, se solicitó opinión al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte Público - OSITRAN; Que, mediante Ofi cio Circular Nº 034-10-SCD- OSITRAN, el Organismo Regulador remite el Acuerdo Nº 1314-365-10-CD-OSITRAN, mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRAN aprueba la Opinión Técnica contenida en el Informe Nº 034-10-GRE-GS-GAL- OSITRAN, respecto del Proyecto de Addenda No. 03 al Contrato de Concesión; Que, en virtud del Informe No. 573-2010-MTC/25 de la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se sustenta técnica, fi nanciera y legalmente la necesidad de suscribir la Addenda No. 3 al Contrato de Concesión, así como se autoriza al funcionario que la suscribirá en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente; la empresa Concesión Canchaque S.A., en su calidad de Concesionaria, han convenido en celebrar Addenda No. 3 al Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimiento de los Tramos Viales: Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 29370, el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, el Decreto Supremo No. 059-96-PCM, el Decreto Supremo No. 060- 96-PCM, el Decreto Legislativo No. 1012 y el Decreto Supremo No. 146-2008-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda No. 03 al Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimiento de los Tramos Viales: Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y la empresa Concesión Canchaque S.A., en su calidad de Concesionaria, la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se refi ere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Artículo 3º.- La presente resolución es vigente a partir de la fecha de su suscripción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 584352-1 Renuevan autorizaciones otorgadas a Panamericana Televisión S.A. para prestar servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF en las localidades de Trujillo y Juli RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 975-2010-MTC/03 Lima, 6 de diciembre de 2010 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 2010-029411 de fecha 20 de julio de 2010, presentada por la empresa PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., sobre renovación de autorización de una estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad de Trujillo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 456-2006- MTC/03 del 28 de agosto de 2006, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 8 de setiembre de 2006, se renovó el plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., hasta el 23 de julio de 2010, para que continúe prestando el servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad de Trujillo, departamento de La Libertad; Que, con fecha 20 de julio de 2010, la empresa PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A. solicitó la renovación de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03; Que, los artículos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, disponen que la renovación es automática por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 644-2007- MTC/01 se modifi có el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el plazo para la atención de los procedimientos de renovación para los servicios de radiodifusión es de ciento veinte días (120), y se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo, encontrándose el presente procedimiento dentro del plazo establecido; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, con Resolución Viceministerial Nº 342-2005- MTC/03, modifi cada con Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 163-2006-MTC/03 y 524-2007-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada con Resolución Viceministerial Nº 184-2009- MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de La Libertad, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Trujillo, incluyéndose en ésta al distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 5078-2010- MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 456-2006- MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., al haber cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verifi car que ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovación de una autorización contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, la Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial Nº 358- 2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006- MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Trujillo, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- El plazo de la renovación a que se refi ere el artículo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Viceministerial Nº