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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2011 (08/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de enero de 2011 433794 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social” correspondiente al año fi scal 2011, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, a través de su Ofi cina de Planifi cación, el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional aprobado por la presente Resolución. Artículo 3º.- Los Directores y/o Jefes de las Unidades Orgánicas de la Unidad Ejecutora Nº 001: Administración Nivel Central, así como los Directores Ejecutivos de los Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, deberán remitir a la Oficina General de Planificación y Presupuesto los informes trimestrales de ejecución de sus metas y señalar las principales limitaciones o facilidades presentadas para el cumplimiento de las mismas, dentro de los diez (10) días hábiles de vencido el correspondiente período. Artículo 4º.- El Plan Operativo Institucional aprobado por la presente Resolución podrá ser modifi cado y/ o reformulado, durante el proceso de su ejecución, a propuesta de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, sobre la base de los resultados que arrojen su respectivo monitoreo y evaluación. Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo – “Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social” correspondiente al año fi scal 2011, sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 587407-1 Delegan diversas facultades a funcionarios a cargo de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2011-MIMDES Lima, 7 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29597, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, determina la competencia, funciones y estructura orgánica básica del MIMDES, que cuenta, a su vez, con un Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, el cual continua vigente en virtud de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la aludida Ley; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, preceptúa que los Ministros de Estado, con arreglo a la Constitución Política del Perú, son los responsables políticos de la conducción de los sectores del Poder Ejecutivo, pudiendo delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normativa lo autorice; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú, precisando en el inciso 7.1 de su artículo 7 que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, quien puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente aquella Ley, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, el inciso 30.2 del artículo 30 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, dispone que los calendarios de compromisos institucionales son aprobados por Resolución del Titular del Pliego Presupuestario o de quien éste delegue, a propuesta de los jefes de las Ofi cinas Generales de Administración y Presupuesto, respectivamente, en tanto que el inciso 40.2 del artículo 40 de la acotada Ley prevé que las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto de la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, contienen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades aludidas en el artículo 3 del citado cuerpo legal, con la fi nalidad de efectuar las contrataciones de los bienes, servicios y obras que requieran para el cumplimiento de sus funciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que le otorga dicha norma legal, con excepción de la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, la Función Específi ca Nº 13 del Ministro, prevista en el Manual de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 452- 2005-MIMDES, establece que aquél tiene como función celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones y delegar las atribuciones administrativas, según corresponda; Que, los artículos 74 y 76 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, prescriben que la asignación permite precisar las funciones que debe desempeñar un servidor dentro de su entidad, según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados, siendo que la primera asignación se produce al momento del ingreso a la carrera administrativa, mientras que las posteriores se efectúan al aprobarse, vía Resolución, el desplazamiento del servidor, el cual se lleva a cabo, entre otros, a través del destaque, y que se formaliza con Resolución del Titular de la Entidad de origen o del funcionario autorizado por delegación, según lo consignado en el numeral 3.4.1 del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado por Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP; Que, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión en materia presupuestal, en las contrataciones de bienes, servicios y obras, así como en la gestión de los recursos humanos que permitan al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social cumplir tanto con las funciones previstas en su Ley de Organización y Funciones como con la programación de las metas institucionales para el ejercicio 2011, es necesario delegar determinadas funciones asignadas a la Titular del Pliego; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión; Con la visación de la Secretaría General, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina General de Recursos Humanos y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 – Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº