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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de enero de 2011 433798 en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en las reuniones a que se refi ere el primer considerando de la presente resolución; Con la visación de la Jefa de Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modifi catorias; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión ofi cial del abogado CARLOS LIZANDRO ZAMATA TORRES, Director (e) de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 18 al 21 de enero de 2011, para que en representación del Sector participe en la Segunda Ronda de Negociaciones para el Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y países de Centroamérica. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1,208.96 Viáticos : US$ 800.00 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Despacho Ministerial, un Informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 586560-1 Aprueban información de la Planilla Electrónica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2011-TR Lima, 6 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR establece disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR ha establecido modifi caciones e incorporado artículos al Decreto Supremo Nº 018-2007-TR; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR indica que, sin perjuicio de lo señalado en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria, el referido Decreto Supremo entra en vigencia el 1 de julio de 2011, salvo lo relacionado a la implementación de T-Registro en el caso de los derechohabientes, así como la utilización de la información del T-Registro por parte de la SUNAT respecto a dichos sujetos, supuestos en los cuales las disposiciones que los regulan entran en vigencia el 1 de febrero de 2011; Que, en mérito a lo expuesto, corresponde emitir la norma que apruebe la Información que deberá contener la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas que han de ser utilizadas para su elaboración, así como la Estructura de Datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, para el caso de los derechohabientes; anexos cuyo contenido ha sido coordinado por las áreas técnicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; Con la visación de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Trabajo; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR; y el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Información de la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas que han de ser utilizadas para su elaboración, así como la Estructura de Datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, para el caso de los derechohabientes, según Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Anexos a que se refi ere el artículo anterior serán publicados en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (http://www. mintra.gob.pe) al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial, bajo responsabilidad de la Ofi cina General de Estadística, Tecnología de la Información y Comunicaciones. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia el 1 de febrero de 2011, conforme a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR. Artículo 4º.- Se dejan sin efecto, a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial, las disposiciones que se opongan a la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 587274-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de funcionario de la Autoridad Portuaria Nacional para asistir al Taller “Cambios en Rutas Comerciales Internacionales” que se realizará en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2011-MTC Lima, 7 de enero de 2011 VISTO: El Ofi cio No. 495-2010-APN/PD, emitido por el Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los