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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de enero de 2011 433795 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades a la Secretaría General. Delegar en el funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, a partir del 1 de enero de 2011, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES: a) Aprobar y suscribir convenios interinstitucionales, así como disponer su exclusión o ampliación; b) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de adquisición y contratación que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades, en materia de contratación estatal; c) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, previo informe favorable de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; d) Aprobar el calendario de compromisos y sus ampliaciones, de conformidad con la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, previo informe favorable de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; e) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones – PAC y sus modifi caciones correspondientes al ejercicio fi scal 2011, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF; y, f) Suscribir los contratos administrativos de servicios con los Directores Ejecutivos de las Unidades Ejecutoras 002: Programa Nacional Wawa Wasi – PNWW, 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF y 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS, con cargo a sus respectivos presupuestos. Lo dispuesto en los incisos c) y d) es de aplicación a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 2º.- Delegación de facultades a la Ofi cina General de Administración. Delegar en el funcionario a cargo de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, a partir del 1 de enero de 2011, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. a) Aprobar los expedientes de contratación a que se refi ere el artículo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Logística; b) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, Adjudicación Directa, Concurso Público y Licitación Pública; c) Aprobar las prestaciones adicionales, excepto en el caso de obras, las reducciones y las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos suscritos por el MIMDES, las que deberán regirse por el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; d) Suscribir los contratos con los postores adjudicatarios de la buena pro de los procesos de selección que convoque el MIMDES, y las modifi caciones posteriores que se incluyera en estos, así como resolver los contratos por las causales reguladas en el ordenamiento jurídico en materia de contrataciones públicas; e) Suscribir convenios y/o contratos con entidades públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de inmuebles de propiedad o posesión estatal; f) Proponer a la Secretaría General las modifi caciones al Plan Anual de Contrataciones – PAC del MIMDES; g) Aprobar y efectuar la asignación a que se refi ere el artículo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; h) Aprobar y suscribir contratos y/o convenios con entidades públicas y/o privadas, o personas naturales que involucren las funciones de la Ofi cina General de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2011; i) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección que convoque el MIMDES, dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico sobre contrataciones públicas; y, j) Aprobar la estandarización de los bienes o servicios a ser contratados por la Entidad, de conformidad con la Directiva Nº 010-2009-OSCE/CD “Lineamientos para la Contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular”, aprobada por Resolución Nº 359- 2009-OSCE/PRE. Artículo 3º.- Delegación de facultades a la Ofi cina General de Recursos Humanos. Delegar en el funcionario a cargo de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, a partir del 1 de enero de 2011, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, las facultades y atribuciones para tramitar, autorizar y resolver las acciones de personal respecto de las renovaciones de contratos del personal comprendido tanto en el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, como en el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, así como los destaques del personal comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo 4º.- De la observancia de los requisitos legales. La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente Resolución, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/ o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 5º.- De las Unidades Ejecutoras. Los funcionarios responsables o a cargo de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, en calidad de máximas autoridades administrativas, ejercen al interior de estas, para todos los efectos, las competencias y atribuciones previstas en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, cuando dichas normas legales los refi eran. Artículo 6º.- Disposición Final. Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 004-2010- MIMDES, así como todas las demás disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 587407-2