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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2011 (09/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de enero de 2011 433842 ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RECEPCIÓN Y TRAMITACION DE SOLICITUDES DE CERTIFICADOS DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS, ANTEPROYECTOS DE EDIFICACIÓN Y LICENCIAS DE EDIFICACIÓN EN TODAS SUS MODALIDADES ASÍ COMO LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS A ELLAS Artículo Primero.- SUSPENDER la recepción y tramitación de solicitudes de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Anteproyectos de Edifi cación, y Licencias de Edifi cación en todas sus modalidades, así como los procedimientos administrativos vinculados a ellas. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la suspensión aprobada por la presente Ordenanza tendrá una duración máxima de hasta sesenta (60) días hábiles, contados a partir de su entrada en vigencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación por intermedio de la Subgerencia de Planifi cación Urbana que en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles evalúe y proponga la normativa referida a parámetros urbanísticos y edifi catorios, niveles operaciones y estándares de calidad del distrito. Artículo Cuarto.- Las disposiciones de la presente Ordenanza no son de aplicación para aquellos procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a su entrada en vigencia, ni para aquellos casos en se que haya obtenido previamente el Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios o cuenten con Anteproyecto en consulta, documentos que deben encontrarse vigentes. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 587467-1 Conforman Comisión Especial encargada de la elaboración del Plan y Ordenamiento Víal del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 01-2011/MM Mirafl ores, 7 de enero de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Mirafl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en virtud del artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en mérito del artículo 73 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las funciones específi cas municipales que se derivan de sus competencias se ejercen con carácter exclusivo o compartido entre las municipalidades provinciales y distritales, con arreglo a lo dispuesto en la referida norma; Que, el artículo 81 del acotado corpus iuris establece que las municipalidades distritales, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen funciones específi cas en coordinación con las municipalidades provinciales; Que, para un adecuado y sostenible equilibrio de la colectividad es indispensable contar con un sistema de atención para la problemática del tránsito y el ordenamiento vial en el distrito de Miraflores, dentro de las facultades conferidas de acuerdo a la normativa aplicable; Que, en ese sentido, es vital la constitución de una comisión especial conformada por profesionales conocedores del tema a fi n que se realice un trabajo efi ciente que solucione la problemática del tránsito y el ordenamiento vial, el mismo q ue deberá ser puesto en conocimiento de la autoridad competente de la Municipalidad de Lima Metropolitana para su aprobación, de acuerdo a ley; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión Especial encargada de la elaboración del Plan y Ordenamiento Vial del distrito de Mirafl ores, la misma que estará integrada por: - El Gerente de Obras y Servicios Públicos, quien la presidirá; - El Sub Gerente de Planifi cación Urbana; y, - El Sub Gerente de Circulación Terrestre. Artículo Segundo.- PRECISAR que la Comisión referida, en el término de noventa (90) días calendario, deberá realizar todas las acciones encomendadas. Asimismo, la dirección de la Comisión en mención será asistida por un consultor de reconocida trayectoria y experiencia en la materia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal las acciones necesarias para el efectivo cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 587467-2 Declaran la emergencia y la reestructuración administrativa y orgánica de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-2011/MM Mirafl ores, 7 de enero de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Mirafl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Gobiernos Municipales, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía de los gobiernos municipales consagrada en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, versa en otras, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción a la normativa que lo regula; Que, la actual administración tiene entre sus principales objetivos, prestar los servicios públicos municipales con efi ciencia y en la debida oportunidad que merecen todos los vecinos del distrito de Mirafl ores, en aras de lograr el bienestar general de la colectividad;