Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2011 (09/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de enero de 2011

ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RECEPCION Y TRAMITACION DE SOLICITUDES DE CERTIFICADOS DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS, ANTEPROYECTOS DE EDIFICACION Y LICENCIAS DE EDIFICACION EN TODAS SUS MODALIDADES ASI COMO LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS A ELLAS Articulo Primero.- SUSPENDER la recepcion y tramitacion de solicitudes de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Anteproyectos de Edificacion, y Licencias de Edificacion en todas sus modalidades, asi como los procedimientos administrativos vinculados a ellas. Articulo Segundo.- ESTABLECER que la suspension aprobada por la presente Ordenanza tendra una duracion MORDAZA de hasta sesenta (60) dias habiles, contados a partir de su entrada en vigencia. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificacion por intermedio de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA que en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles evalue y proponga la normativa referida a parametros urbanisticos y edificatorios, niveles operaciones y estandares de calidad del distrito. Articulo Cuarto.- Las disposiciones de la presente Ordenanza no son de aplicacion para aquellos procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a su entrada en vigencia, ni para aquellos casos en se que MORDAZA obtenido previamente el Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios o cuenten con Anteproyecto en consulta, documentos que deben encontrarse vigentes. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 587467-1

Que, para un adecuado y sostenible equilibrio de la colectividad es indispensable contar con un sistema de atencion para la problematica del MORDAZA y el ordenamiento vial en el distrito de Miraflores, dentro de las facultades conferidas de acuerdo a la normativa aplicable; Que, en ese sentido, es MORDAZA la constitucion de una comision especial conformada por profesionales conocedores del tema a fin que se realice un trabajo eficiente que solucione la problematica del MORDAZA y el ordenamiento vial, el mismo q ue debera ser puesto en conocimiento de la autoridad competente de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana para su aprobacion, de acuerdo a ley; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9 y 41 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- CONFORMAR la Comision Especial encargada de la elaboracion del Plan y Ordenamiento Vial del distrito de Miraflores, la misma que estara integrada por: - El Gerente de Obras y Servicios Publicos, quien la presidira; - El Sub Gerente de Planificacion Urbana; y, - El Sub Gerente de Circulacion Terrestre. Articulo Segundo.- PRECISAR que la Comision referida, en el termino de noventa (90) dias calendario, debera realizar todas las acciones encomendadas. Asimismo, la direccion de la Comision en mencion sera asistida por un consultor de reconocida trayectoria y experiencia en la materia. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal las acciones necesarias para el efectivo cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 587467-2

Conforman Comision Especial encargada de la elaboracion del Plan y Ordenamiento Vial del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 01-2011/MM Miraflores, 7 de enero de 2011 EL MORDAZA DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en virtud del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en merito del articulo 73 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las funciones especificas municipales que se derivan de sus competencias se ejercen con caracter exclusivo o compartido entre las municipalidades provinciales y distritales, con arreglo a lo dispuesto en la referida norma; Que, el articulo 81 del acotado MORDAZA iuris establece que las municipalidades distritales, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, ejercen funciones especificas en coordinacion con las municipalidades provinciales;

Declaran la emergencia y reestructuracion administrativa organica de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-2011/MM Miraflores, 7 de enero de 2011 EL MORDAZA DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO;

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El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Gobiernos Municipales, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia de los gobiernos municipales consagrada en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, versa en otras, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion a la normativa que lo regula; Que, la actual administracion tiene entre sus principales objetivos, prestar los servicios publicos municipales con eficiencia y en la debida oportunidad que merecen todos los vecinos del distrito de Miraflores, en aras de lograr el bienestar general de la colectividad;

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