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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2011 (09/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de enero de 2011 433843 Que, en cumplimiento de los deberes y funciones del actual gobierno municipal es indispensable reformular el organigrama estructural de la entidad a efectos de cumplir con efi ciencia las labores propias de la gestión edil, por lo que es necesario disponer su reestructuración; Que, además, es de inexcusable interés disponer la realización de todas las acciones necesarias que conlleven a un adecuado y transparente registro de los gastos corrientes evidenciados a la fecha, más aún si ello repercute en el interés y bienestar general de los vecinos de distrito, por lo cual deben adoptarse todos los mecanismos orientados al logro de los objetivos propuestos por esta administración municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por mayoría, y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR la emergencia y la reestructuración administrativa y orgánica de la Municipalidad de Mirafl ores por el término de noventa (90) días calendario, en cuyo plazo deberán adoptarse y dictarse las disposiciones necesarias para adecuar la estructura orgánica a las necesidades y objetivos institucionales de la actual gestión municipal. Artículo Segundo.- PRECISAR que la declaración efectuada en el artículo precedente es indispensable a efectos de lograr la consecución de los objetivos institucionales y la adecuada prestación de los servicios públicos esenciales en benefi cio de los vecinos del distrito de Mirafl ores. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal efectúe las coordinaciones necesarias para el adecuado cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 587467-3 Dan inicio al proceso de auditoría de gestión de la Municipalidad del período 2007 - 2010 ACUERDO DE CONCEJO Nº 04-2011/MM Mirafl ores, 7 de enero de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Mirafl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en virtud del artículo 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fi scalizadoras; Que, en virtud del artículo 31 del acotado cuerpo normativo, la prestación de los servicios públicos locales es fi scalizada por el Concejo Municipal conforme a sus atribuciones y por los vecinos conforme a la presente ley; Que, en virtud del artículo 148 de la citada norma, los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia y sostenibilidad fi scal y a otras conexas en su manejo de los recursos públicos. La normativa en mención constituye un elemento fundamental para la generación de confi anza de la ciudadanía en el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo efi ciente de los recursos públicos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- DAR INICIO al proceso de auditoría de gestión en la Municipalidad de Mirafl ores del período 2007-2010, comunicando tal efecto a la Contraloría General de la República. El proceso en mención incluye la revisión de los estados fi nancieros, así como el de las obras públicas realizadas, contratos fi rmados y todo acto de gobierno del referido periodo. Artículo Segundo.- ESTABLECER que una vez concluida la auditoría de gestión, el resultado de la misma será puesto en conocimiento de los vecinos a través de los canales de comunicación correspondientes. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 587467-4 Declaran de interés prioritario la implementación integral del gobierno electrónico y conforman Comisión Especial de Gobierno Electrónico en la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2011/MM Mirafl ores, 7 de enero de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Mirafl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en virtud del artículo 112° de La Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales deben promover la participación vecinal y, para tal fi n, debe garantizar el acceso de todos los vecinos a la información; Que, en mérito del artículo 3° de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, todas las actividades y disposiciones de la Municipalidad están sometidas al principio de publicidad. En tal sentido, persiste la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, y en atención a las excepciones aplicables de acuerdo a la normativa que lo regula; Que, el derecho de todo ciudadano por estar debidamente informado implica una especial relevancia del ejercicio de este derecho sobre la actividad de los poderes públicos, en especial de los gobiernos locales, a modo de presupuesto ineludible que lo lleva a participar en los asuntos públicos de la sociedad de la cual es parte; Que, la Constitución Política del Perú ha establecido en el artículo 2, numerales 4 y 5, que son derechos fundamentales de las personas, entre otros, el de la libertad de información, así como el de solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, en el mundo contemporáneo caracterizado por las profundas transformaciones de las comunicaciones y el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación, se hace necesario concentrar esfuerzos para facilitar la inclusión y la cohesión social, traduciéndolos en acciones concretas para favorecer la participación de todos los entes involucrados en la decisión de políticas públicas que se relacionen con el uso de la red informática, en aras de evitar cualquier forma