Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2011 (12/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de enero de 2011

5) En el caso que la obra implique la MORDAZA de arboles, deberan tramitar la autorizacion municipal correspondiente amparada en la opinion favorable escrita de la Gerencia de Servicios a la Ciudad. 6) En el caso de traslado o reubicacion de mobiliario MORDAZA como postes, paraderos, etc. se debera adjuntar el permiso de la empresa propietaria del elemento. 7) Declaracion Jurada del representante legal de la empresa concesionaria del servicio publico, aprobando el proyecto de obra y senalando la persona natural o juridica responsable de la obra. 8) De considerarse necesario, la municipalidad solicitara cronograma de ejecucion de la obra y memoria descriptiva del proyecto, senalando el tiempo de interferencia de vias por tramos si el caso lo requiriera. Articulo 6.- En forma excepcional dependiendo de la MORDAZA involucrada en la intervencion o por la naturaleza de la obra a ejecutarse, la Municipalidad exigira una carta fianza bancaria como parte de los requisitos para otorgar la autorizacion, como garantia de ejecucion de restitucion de las caracteristicas urbanas del espacio publico a intervenir. Articulo 7.- La Subgerencia de Estudios y Obras Publicas e Infraestructura MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la municipalidad queda facultada para otorgar autorizacion provisional para el inicio de las obras y/o Prorrogas de plazo en autorizaciones con plazo por vencer, por un plazo no mayor a siete (7) dias calendario, siempre que se verifique el cumplimiento de los requisitos tecnicos de la obra. Articulo 8.- Las obras menores de reparacion sin afectacion de circulacion peatonal o vehicular, refaccion, mejoras de ornato, que no impliquen mayores molestias a la comunidad, quedaran con la MORDAZA de un escrito comunicando los trabajos automaticamente autorizadas y el cargo de recepcion de la Unidad de Tramite Documentario de la municipalidad servira como tal. Esta autorizacion tendra una vigencia MORDAZA de tres dias calendario y podra ser revocada por la autoridad municipal cuando se incumpla alguna de las obligaciones del ejecutante de las obras estipuladas en el presente reglamento. Articulo 9.- Autorizacion para ejecucion de obras de emergencia.- Las empresas concesionarias de servicios publicos estan autorizadas a intervenir, sin el requisito previo de la autorizacion para la ejecucion de obras, en solamente en casos de emergencia plenamente demostrables. La intervencion en areas de dominio publico para obras de emergencia debera ser comunicada, a la municipalidad por la via de comunicacion mas rapida a la municipalidad, debiendose presentar de igual forma todos los requisitos que se senalan en el Articulo 4 de esta ordenanza, dentro de los tres (3) dias habiles posteriores al inicio de la obra. Articulo 10.- La autorizacion de ejecucion de obras en areas de dominio publico debera ser concedida en un plazo no mayor de diez (10) dias siguientes a la MORDAZA de la respectiva solicitud, estando sujeto dicho procedimiento al silencio administrativo positivo. Articulo 11.- La vigencia de la autorizacion de ejecucion de obras en areas de dominio publico se especificara en el documento de autorizacion, la misma que no sera mayor a quince dias habiles. Si se requiere ampliacion del plazo para la ejecucion de la obra, este debera solicitarse tres dias MORDAZA del vencimiento de la autorizacion vigente. Articulo 12.- El documento de autorizacion de ejecucion de obras en areas de dominio publico debera contener lo siguiente: 1.- Nombre de la Persona Natural o Juridica que solicita la autorizacion. 2.- Nombre de la Empresa Contratista o responsable de la obra. 3.- Descripcion y ubicacion de la obra. 4.- Plazo de Ejecucion de la obra. 5.- Horario autorizado para la ejecucion de obras. Articulo 13.- El horario para la ejecucion de obras en areas de dominio publico, salvo los casos de emergencia,

sera de lunes a sabados, desde las 8.00 a.m. hasta las 6.00 p.m.. La autoridad municipal podra limitar o ampliar el horario establecido, el mismo que debera ser consignado en el documento de autorizacion. Articulo 14.- No se podra dar inicio a las obras sin que previamente se cuente con la correspondiente autorizacion municipal. CAPITULO III CONTROL DE LA OBRA Articulo 15.- La Subgerencia de Estudios y Obras Publicas e Infraestructura MORDAZA de la Municipalidad de La MORDAZA es el organo municipal competente de realizar las inspecciones oculares necesarias para velar por el cumplimiento del proyecto y de las especificaciones tecnicas. Articulo 16.- Las personas naturales o juridicas autorizadas a ejecutar obras en la via publica son responsables de que en el lugar de la obra exista una MORDAZA de la autorizacion correspondiente, la que se encuentra en obligacion de mostrar a los inspectores municipales. Asimismo, son responsables de cualquier deficiencia constructiva o de la alteracion del proyecto sin la correspondiente aprobacion municipal. Articulo 17.- El Ingeniero o Arquitecto Residente de Obra debera encontrarse en forma permanente en el lugar de las obras. CAPITULO IV CONFORMIDAD DE OBRA Articulo 18.- El Certificado de Conformidad de Obra es el documento por el cual la autoridad municipal certifica la conclusion de la obra autorizada, luego de constatar el cumplimiento del proyecto y de las especificaciones tecnicas, asi como la eliminacion del desmonte o material excedente y la reposicion de la infraestructura y mobiliario MORDAZA preexistente. Articulo 19.- Las personas naturales o juridicas que hayan obtenido autorizacion de ejecucion de obras en areas de dominio publico deberan tramitar obligatoriamente el correspondiente certificado de conformidad de obra en un plazo MORDAZA de treinta dias de terminada la obra. Articulo 20.- Son requisitos para obtener el Certificado de Conformidad de Obra: 1.- Solicitud de conformidad de obra. 2.- Pruebas de compactacion de terreno y de resistencia del concreto y certificados de calidad del asfalto. Estas pruebas deberan ser realizadas por Organismos Publicos o Instituciones Privadas debidamente calificadas. Solo en aquellos casos que por la naturaleza de las obras sea imposible obtener las muestras, las empresas de servicios o los responsables de las obras, presentaran Declaracion Jurada como garantia de la correcta ejecucion de la obra, siendo responsables por cualquier deterioro del espacio publico por un lapso de siete anos. Articulo 21.- El certificado de conformidad de obra debera ser concedido en un plazo no mayor de diez (10) dias siguientes a la MORDAZA de la respectiva solicitud, estando dicho procedimiento sujeto al silencio administrativo positivo. CAPITULO V PROGRAMACION ANUAL DE EJECUCION DE OBRAS Articulo 22.- Las Empresas de Servicios Publicos y cualquier otra persona natural o juridica, que realice obras en las areas de dominio publico, tiene la obligacion de presentar a la Municipalidad hasta el 30 de noviembre de cada ano la programacion anual de ejecucion de dichas obras.

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