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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2011 (16/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de enero de 2011 434356 del área competente, elaborados al amparo de la Resolución Directoral Nº 003-2007-EF-76.01 - Directiva de Ejecución Presupuestaria y anexos por el nivel de gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local; y sus modifi catorias; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 698-2009-A- MDMM de fecha 10 de noviembre de 2009, se delegó al Gerente Municipal aprobar, en los procesos de selección para la ejecución de obras, las propuestas económicas que excedan del 100% del valor referencial hasta el límite del 110%, previa verifi cación de la disponibilidad presupuestaria, conforme a lo regulado en el articulo 33º del Decreto Legislativo Nº 1017 y artículo 76º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 056-2010-A- MDMM de fecha 21 de enero de 2010, se delegó a favor del Señor JOSE MANUEL FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Gerente Municipal de la anterior gestión, diversas atribuciones administrativas del despacho de Alcaldía contempladas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, así como en aspectos relacionados a la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, a las Resoluciones de Contraloría N°s. 195-88 y 072-98-CG, y el Código Civil, la Ley Nº 29227– Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarías, su reglamento aprobado por D.S. 009-2008-JUS; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 065-2010- A-MDMM del 26 de enero del 2010, se delegó en el Gerente Municipal, las facultades en materia presupuestal contemplados en el numeral 7.2 del artículo 7º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y demás modifi caciones presupuestarias que requieran ser aprobadas por el Titular del Pliego, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40º, 42º y 43º de la acotada Ley y en las normas complementarias para el ejercicio presupuestario 2010; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 338-2010- A-MDMM se amplió las facultades otorgadas al Gerente Municipal mediante la Resolución de Alcaldía Nº 056-2010- A-MDMM, respecto de lo dispuesto en el artículo 112º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, relativa a la emisión de resoluciones que resuelven las peticiones de gracia solicitadas por los administrados. Por otro lado, la citada Resolución señala que los artículos 156º y 157º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM – Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, atribuyen la competencia y responsabilidad del funcionario llamado a la aplicación de la sanción de amonestación verbal o escrita, así como para la aplicación de la sanción de suspensión sin goce de remuneraciones, señalando que la ejecución de la amonestación verbal corresponde realizarla al jefe inmediato superior, siendo que para el caso de la amonestación escrita y de la suspensión, el responsable es el Jefe de Personal; sin embargo, para el caso de las sanciones de cese temporal y destitución previstas en los artículos 158º y 159º de la norma indicada, no se precisa expresamente al funcionario encargado de efectivizarlas, correspondiendo por ello al Titular de la Entidad; por lo que, se delegó en el Gerente Municipal, la facultad de emitir resoluciones de aplicación de las sanciones administrativas de cese temporal y destitución previstas en el literal c) y d) del artículo 155º del referido Decreto Supremo; Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 428-2010- A-MDMM se delegó al Gerente Municipal, atribuciones administrativas relativas a la Directiva Nº 001-2009- EF/68.01 – Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 002-2009-EF-68.01 y a la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 563- 2010-A-MDMM se amplió las facultades otorgadas al Gerente Municipal mediante la Resolución de Alcaldía Nº 056-2010-A-MDMM, referidas a la autorización de la sustitución del residente de obra, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 679-2010- A-MDMM del 24 de noviembre de 2010 se precisó que las facultades otorgadas por la Resolución de Alcaldía Nº 428-2010-A-MDMM, también se encuentra referida a aprobar el estudio defi nitivo o el expediente técnico detallado que se menciona en el ítem 23.4 del artículo 23º de la Directiva Nº 001-2009-EF/68.01- Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobada mediante Resolución Directoral Nº 002-2009-EF-68.01; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 754-2010- A-MDMM, se acepta la renuncia del señor José Manuel Fernández Fernández al cargo de Gerente Municipal de la Municipalidad de Magdalena del Mar, dándose por concluida su designación a partir del 31 de diciembre del 2010 y, consecuentemente, quedan sin efecto las facultades otorgadas a su favor, en su condición de Gerente Municipal; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 001-2011- A-MDMM, se designó a partir del 01 de enero del 2011, al señor GREGORIO BRUNO CRESPO ÁLVAREZ como Gerente Municipal de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, debido a la carga administrativa con la que cuenta el despacho de Alcaldía, se hace necesario liberarlo de cualquier rutina de ejecución y de tareas de formalización de actos administrativos, resultando necesario delegar en el Gerente Municipal las atribuciones administrativas que le corresponde, con sujeción a lo dispuesto en el numeral 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que el Alcalde puede delegar sus atribuciones administrativas en el gerente municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20 de la Ley No. 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR a favor de don GREGORIO BRUNO CRESPO ÁLVAREZ, en su calidad de Gerente Municipal de la Municipalidad de Magdalena del Mar, las siguientes facultades: 1. Las atribuciones administrativas establecidas en los numerales 3, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 15, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 29 y 33 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Para los efectos establecidos en el párrafo anterior, los actos a que se refi ere el numeral 23 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, comprenden también las adendas, resoluciones de contratos y autorizaciones para transferencias de concesiones, derivados de los procesos de selección de Licitación Pública, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas Públicas y Selectivas, Adjudicaciones de Menor Cuantía y Concursos de Proyectos Integrales de acuerdo a ley. 2. Fijar fecha, convocar y realizar la audiencia única prevista en el artículo 6º de la Ley Nº 29227 – Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarias, concordante con el artículo 12º de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, así como a suscribir el acta respectiva donde conste su desarrollo. 3. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Estado para el ejercicio presupuestal 2011 y sus modifi catorias, las mismas que se efectuarán conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 4. Aprobar los expedientes correspondientes para las adquisiciones o contrataciones antes de convocar a procesos de selección o iniciar la ejecución de obras por administración directa, según sea el caso, conforme lo establece el artículo 12° del Decreto Legislativo Nº 1017, así como aprobar las bases de los procesos de selección de acuerdo a lo establecido en el artículo 26º de dicho dispositivo legal. Esta facultad se encuentra referida a la aprobación de los expedientes técnicos señalados en el artículo 13º del referido Decreto Legislativo, así como la aprobación de los expedientes de contratación señalados en el artículo 10º del D.S. Nº 184-2008-EF. 5. Designar al Inspector o Supervisor respectivo en la ejecución de obras derivadas de los procesos de selección, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 190°