Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2011 (16/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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013-93-TCC, establece que las autorizaciones otorgadas para la prestacion de los servicios de radiodifusion se otorgan por un plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables automaticamente por igual periodo a solicitud del interesado; Que, los articulos 201º y 205º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicables en virtud de la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, disponen que el titular de autorizaciones del servicio de radiodifusion debe solicitar la renovacion de la respectiva autorizacion hasta el ultimo dia de su plazo de vigencia y haber cumplido con todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demas conceptos que se adeuden al Ministerio vinculados a telecomunicaciones, o en su caso contar con fraccionamiento de pago vigente o que se encuentre suspendida la exigibilidad de las obligaciones economicas, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, de fecha 28 de junio de 2007, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, mediante escrito de registro Nº 2001-005936, reiterado con escrito de registro Nº 2004-018561, del 29 de octubre de 2004, COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A., solicito la renovacion de la autorizacion; Que, dicho procedimiento se dio inicio con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, la cual entro en vigencia el 12 de noviembre de 2004. En ese sentido, su tramitacion se regira con las

disposiciones establecidas en el entonces Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, y el entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el procedimiento de renovacion de autorizacion solicitado por COMPANIADE RADIODIFUSIONAREQUIPA S.A.C., se encontraba sujeto a silencio administrativo negativo. Sin embargo, con la actualizacion del Texto Unico de Procedimiento Administrativos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, modificado por Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC/01, las solicitudes de renovacion de autorizacion se encuentran sujetas a silencio administrativo positivo, entrando en vigencia la aplicacion de dicho silencio a la entrada en vigencia de la Ley del Silencio Administrativo, esto es, el 04 de enero de 2008; Que, habiendo transcurrido el plazo MORDAZA para la atencion de la solicitud de renovacion de autorizacion, senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado con Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, modificado por Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC/01, la solicitud presentada por COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A., ha quedado aprobada el 04 de enero de 2008, en virtud de haberse configurado el silencio administrativo positivo; Que, sin perjuicio de lo MORDAZA mencionado, se ha verificado que COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A., al 04 de enero de 2008, cumplio con los requisitos establecidos en los articulos 201º y 205º del

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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