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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de enero de 2011 434351 Artículo 5º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente a los derechos de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 6º.- Aprobar la transferencia de la autorización mencionada en los artículos 1º y 2º de esta resolución, a favor de la empresa TELEVISIÓN NACIONAL PERUANA S.A.C., conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, que fueran otorgadas a COMPAÑÍA DE RADIODIFUSIÓN AREQUIPA S.A.C. Artículo 7º.- Reconocer a la empresa TELEVISIÓN NACIONAL PERUANA S.A.C., como titular de la autorización mencionada en los artículos 1º y 3º de esta resolución, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de las mismas. Artículo 8º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 9º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 588025-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 004-2011-SUNAT/A Mediante Ofi cio Nº 10-2011-SUNAT/1A0000, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 004-2011-SUNAT/A, publicada en nuestra edición del 12 de enero de 2011. En el Artículo 3º: DICE: “La presente resolución entrará en vigencia el 01 de febrero de 2010, conforme a lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 011-2009-EF, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 137-2010-EF.” DEBE DECIR: “La presente resolución entrará en vigencia el 01 de febrero de 2011, conforme a lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 011-2009-EF, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 137-2010-EF.” 590420-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban Plan Anual de Visitas Distritales a órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 054-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de enero del 2011 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 017-2003-CE-PJ, de fecha 21 de febrero del año 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa de la vista, se dispuso que los Señores Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia conjuntamente con los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital, realicen las visitas administrativas de control a las dependencias del Distrito Judicial respectivo, para verifi car el debido cumplimiento de las normas emanadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la marcha de los órganos jurisdiccionales, la correcta aplicación de las normas administrativas dictadas por la Gerencia General, debiendo para ello constituirse a cada una de las dependencias de su jurisdicción. Que, el artículo segundo de la precitada resolución, indica que la Presidencia de la Corte Superior, remitirá al Consejo Ejecutivo la aprobación del Plan Anual de Visitas dentro de su jurisdicción. Que, asimismo, el artículo cuarto de la mencionada resolución, dispone remitir al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a la Ofi cina de Inspectoría General del Poder Judicial, los Formatos de Visitas Distritales conteniendo los resultados de las visitas realizadas. Que, estando a lo expuesto resulta necesario y pertinente efectuar la programación respectiva para el presente año judicial, en cumplimiento a las disposiciones emanadas por el Consejo Ejecutivo, en su condición de órgano Superior Jerárquico. Que, en uso a las facultades previstas por el Artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: APROBAR el PLAN ANUAL DE VISITAS DISTRITALES a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, que será ejecutado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, conjuntamente con el Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, conforme se detalla a continuación: MES DE MARZO 07 de Marzo 3º, 18º, 45º, 48º, 32º, 34º y 49º Juzgados Penales con Reos en Cárcel. 09 de Marzo 24º, 28º, 50º, 51º y 4º Juzgados Penales con Reos en Cárcel. 11 de Marzo 38º, 44º, 46º, 52º, 58º y 59º Juzgados Penales con Reos en Cárcel. 15 de Marzo 1º, 2º, 5º, 6º y 7º Juzgados Penales con Reos Libres y 1º y 2º Juzgado Penal Transitorio. 17 de Marzo 8º, 9º, 10º, 11º y 12º Juzgados Penales con Reos Libres. 22 de Marzo 14º, 15º, 17º, 20º y 21º Juzgados Penales con Reos Libres. 24 de Marzo 23º, 25º, 26º, 27º y 29º Juzgados Penales con Reos Libres.