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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2011 (22/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de enero de 2011 434753 Aprueban Directiva “Normas que regulan las Visitas Distritales realizadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia conjuntamente con los Jefes de las Oficinas de Administración Distrital” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 431-2010-CE-PJ Lima, 28 de diciembre de 2010 VISTO: El Ofi cio N° 578-2010-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial elevando el proyecto de Directiva sobre “Normas que regulan las Visitas Distritales realizadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia conjuntamente con los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital”, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la Gerencia General del Poder Judicial somete a consideración de este Órgano de Gobierno el proyecto de Directiva sobre “Normas que regulan las Visitas Distritales realizadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia conjuntamente con los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital”, propuesto por la Gerencia de Administración y Finanzas, teniendo en cuenta la necesidad de adecuar y actualizar las disposiciones sobre dicha materia; Segundo: Que, por Resolución Administrativa N° 017-2003-CE-PJ de fecha 21 de febrero de 2003, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República conjuntamente con los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital, se constituyan a cada una de las dependencias de su jurisdicción para verifi car la correcta marcha administrativa de su Distrito Judicial; Tercero: Que, mediante la citada resolución se aprobaron los Formatos de Visitas Distritales que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia debieran remitir dentro de los cinco días hábiles de fi nalizado el mes, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a la Ofi cina de Inspectoría General, conteniendo los resultados de las visitas distritales; Cuarto: Que, los citados formatos contienen normas modifi cadas y/o que han sido derogadas por el Consejo Ejecutivo y la Presidencia del Poder Judicial, circunstancia que justifi ca la actualización de la información allí contenida a fi n de guardar estricta concordancia con la normatividad vigente; tanto más si se considera asimismo que no se han consignado las acciones que las Administraciones de las Cortes Superiores de Justicia deben adoptar cuando adviertan carencias y observaciones en personal, logística, servicios judiciales y recaudación, etc.; Quinto: Que, siendo así, resulta necesario dejar sin efecto los Formatos de Visitas Distritales y en su reemplazo aprobar una Directiva que establezca las normas y procedimientos para la organización, desarrollo y adopción de medidas correctivas en las visitas distritales a los órganos jurisdiccionales, por parte de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia conjuntamente con los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital; Sexto: Que, la citada Directiva contiene los Formularios de uso interno (Anexo 1) y un modelo de Informe Ejecutivo (Anexo 2), donde se consignarán las soluciones adoptadas ante las carencias y/u observaciones detectadas; así como el plazo para su implementación, con el propósito de atender las necesidades de los órganos jurisdiccionales visitados, correspondiendo en tal sentido a cada Presidencia de Corte Superior de Justicia la evaluación de su gestión administrativa; Sétimo: Que, ese orden de ideas, las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, tan sólo remitirán el Informe Ejecutivo (Anexo 2) al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con copia a la Gerencia General, mediante el cual informarán de las medidas adoptadas para el mejoramiento de la gestión administrativa y atención de las necesidades de los órganos jurisdiccionales para la optimización del servicio prestado a los usuarios, en el desarrollo de sus funciones; Octavo: Que, asimismo, para la realización de las visitas distritales se deberá elaborar un Plan Anual de Visitas, el cual será aprobado por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, y remitido al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dentro del primer bimestre del año que se inicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Flaminio Vigo Saldaña, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 009-2010- CE-PJ sobre “Normas que regulan las Visitas Distritales realizadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia conjuntamente con los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Resolución Administrativa N° 017-2003-CE-PJ, de fecha 21 de febrero de 2003, y toda norma administrativa que contravenga a la presente resolución. Artículo Tercero.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, deberán aprobar el Plan Anual de Visitas Distritales dentro del primer bimestre de cada año, el mismo que remitirán al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor de diez días de su aprobación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General, Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, y a las dependencias administrativas correspondientes, para su conocimiento fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE Nota.: La Directiva N° 009-2010-CE-PJ, está publicada en el Portal de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe. 592990-8 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dictan disposiciones para el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de Lima durante el período vacacional CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 087-2011-P-CSJL/PJ Lima, 20 de enero del 2011 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 072-2011-P-CSJLI/ PJ, solicitudes N° 1930, 4424, 4716-11, 600 y pedido aclaratorio, 88864, 6429, 6884, 6861, Ofi cio 78-2011-