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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de enero de 2011 434904 Que, en ese sentido, la participación del OSIPTEL permitirá cultivar las alianzas idóneas entre gobiernos e instituciones del sector (Comisión Europea, UIT, ONU, Banco Mundial, Foro Económico Mundial, y el G20, entre otros) con miras a lograr el compromiso de los principales actores orientados al planteamiento de soluciones a los temas actuales que enfrenta el sector de telecomunicaciones móviles; Que, los gastos por concepto de pasajes en el que se encuentra incluida la tarifa única por uso de aeropuerto y viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 12 al 18 de febrero de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 3 690,79 Viáticos US$ 1 300,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 595025-8 Modifican el Artículo 4º de la R.M. Nº 325-2007-PCM, incorporando entidades al Comité Coordinador de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú (CCIDEP) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 36-2011-PCM Lima, 25 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Núm. 126- 2003-PCM, se constituye el Comité Coordinador de Infraestructura de Datos Espaciales (IDEP), el cual se encargó de elaborar el Plan de Implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales y la Política Nacional de Datos Espaciales; Que, mediante Resolución Ministerial Núm. 325-2007- PCM, se constituye el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú (CCIDEP), con el objeto de promover y coordinar el desarrollo, intercambio y uso de datos y servicio de información espacial entre los niveles de gobierno, sector privado, organizaciones sin fi nes de lucro, instituciones académicas y de investigación; Que, desde la creación del CCIDEP se ha logrado generar una mayor coordinación entre los productores de información cartográfi ca en el país, lo cual ha repercutido en la elaboración e implementación de proyectos de inversión relacionados con la producción cartográfi ca, la generación de catálogos de información de datos geográfi cos y la creación de servicios Web o publicación de información cartográfi ca, lo cual coadyuva al manejo efi ciente y efi caz de la información espacial en el Estado; Que, siendo que en la fecha en la que se emitió la Resolución Ministerial Núm. 325-2007-PCM, y se designaron los representantes que lo conformarían, no existía el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el cual fue creado mediante Decreto Legislativo Núm. 1088 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); y dado que la infraestructura de datos espaciales es un instrumento de apoyo indispensable para la planifi cación que desarrolla el CEPLAN, se requiere de una coordinación permanente con dicho Centro para el intercambio de información, la cual viene generándose a través del CCIDEP, por lo que se hace indispensable su inclusión en el Comité; Que, inicialmente se conceptualizó la coordinación de la infraestructura de datos espaciales únicamente entre aquellas entidades que producen datos cartográfi cos y digitales, y siendo que, a la fecha, la infraestructura de datos espaciales requiere contar con la permanente coordinación de las entidades que demandan dicha información; se hace necesaria la incorporación de tales entidades como parte del CCIDEP; Que, al ser la información territorial de naturaleza dinámica, es decir, que requiere ser actualizada permanentemente y que los gobiernos regionales participan de ella por estar en contacto directo con el territorio y conocen las diferentes intervenciones de las entidades públicas y la dinámica territorial, se hace necesario invitar a los indicados gobiernos a articular el desarrollo de la infraestructura de desarrollo espacial, a ese nivel de gobierno; De conformidad con la Ley Núm. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Núm. 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Núm. 063- 2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación del artículo 4º de la Resolución Ministerial Núm. 325-2007-PCM Modifíquese el artículo 4º de la Resolución Ministerial Núm. 325-2007-PCM, por el siguiente tenor: “Artículo 4º.- Conformación del CCIDEP El CCIDEP está conformado por: a) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside; b) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; c) Un representante del Ministerio de Defensa; d) Un representante del Ministerio del Interior; e) Un representante del Ministerio de Agricultura; f) Un representante del Ministerio de Educación; g) Un representante del Ministerio de Salud; h) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; i) Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; j) Un representante del Ministerio de Energía y Minas; k) Un representante del Ministerio de Justicia; l) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; m) Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; n) Un representante del Ministerio de la Producción;