Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2011 (26/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 595025-15

trabajador podra superar el monto MORDAZA establecido en la escala que aprueba el presente dispositivo. El Tribunal Constitucional solo reconocera a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones continuas al ano, mas dos gratificaciones, una por MORDAZA Patrias y otra por Navidad y la bonificacion por escolaridad, en el MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 3º.- De la prohibicion Se prohibe, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, la percepcion por parte del trabajador de cualquier otro ingreso, bonificacion, asignacion, retribucion, subvencion y beneficio de toda indole cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo, fuente de financiamiento, en especie o dinerario, en forma adicional al monto MORDAZA establecido en la escala que aprueba la presente norma. Articulo 4º.- Del financiamiento La presente Escala Remunerativa es de aplicacion a partir de la fecha de publicacion de la presente MORDAZA y se financia con cargo al Presupuesto Institucional aprobado al Pliego Tribunal Constitucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de enero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 595025-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el reajuste de la Escala Remunerativa del Pliego Tribunal Constitucional
DECRETO SUPREMO Nº 012-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Cuadragesima Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 autoriza al Pliego 024 Tribunal Constitucional a efectuar la contratacion de personal indispensable, en el MORDAZA de fortalecimiento de las sedes institucionales de MORDAZA y MORDAZA, asi como para aplicar un reajuste de la escala salarial con cargo a su propio presupuesto sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, quedando exceptuado para este unico efecto de las normas contenidas en los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6° y 9° de la citada Ley; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su numeral 1 establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ano fiscal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley General, se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta del Titular del Sector; Que, el articulo 1° de la Ley N° 28301 establece que el Tribunal Constitucional es el organo supremo de interpretacion y control de la constitucionalidad y el articulo 20° de la misma Ley senala que su personal esta sujeto al regimen laboral de la actividad privada; Que, en el MORDAZA de los dispositivos legales MORDAZA citados es necesario aprobar el reajuste de la escala remunerativa del Pliego Tribunal Constitucional; De conformidad con lo establecido en la Cuadragesima Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 y la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Apruebase el reajuste de la escala remunerativa del Pliego 024 Tribunal Constitucional, de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional del Tribunal Constitucional (www.tc.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- De la aprobacion El Presidente del Tribunal Constitucional o a quien este delegue debera fijar el monto que le corresponda a cada trabajador, tomando en consideracion la evaluacion de su desempeno. En ningun caso el monto fijado para cada

Aceptan renuncia y designan representante del Viceministerio de Economia ante el Comite Especial de Fondos Publicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 050-2011-EF/10 MORDAZA, 24 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-EF se establecieron los lineamientos para la inversion de fondos de entidades del sector publico en el sistema financiero; Que, el articulo 5º del citado Decreto Supremo dispone la constitucion de un Comite Especial encargado de dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento del mecanismo de subastas de fondos de las entidades del sector publico en el sistema financiero. Dicho Comite estara conformado por representantes del Ministro de Economia y Finanzas, del Viceministerio de Hacienda y del Viceministerio de Economia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 130-2010EF/10 se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion del Viceministerio de Economia como uno de los miembros del Comite Especial de Fondos Publicos; Que, dicho profesional ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; Que, es conveniente aceptar la renuncia formulada y designar al MORDAZA representante ante el referido Comite Especial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Supremo Nº 040-2001-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, con efectividad al 31 de diciembre de 2010 la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA

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