Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2011 (26/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2011

remitido por la Gerencia de Rentas con Informe Nº 003 -2011-GR-GG/MDSA. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630 ­ Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF- Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario modificado por Decreto Legislativo Nº 953, asi como en el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972. Que, en el Art. 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99EF y sus normas modificatorias, dispone excepcionalmente que los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administren. Que existe gran cantidad de contribuyentes, que no pudieron acogerse a los beneficios tributarios y administrativos anteriores, por ello la Gestion Municipal promueve los mecanismos que faciliten a los contribuyentes y/o administrados el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas, a traves de incentivos que permitan la captacion de recursos economicos para la prestacion efectiva de los servicios publicos, en el contexto de la realidad socioeconomica del Distrito. Estando a lo dispuesto en el Articulo 9º numerales 8) y 9) y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organiza de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer beneficios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y administrativas de los contribuyentes, responsables y/o infractores dentro del distrito de MORDAZA MORDAZA, que mantengan obligaciones tributarias y administrativas pendientes de cancelacion, generados hasta el 31 de Diciembre del ejercicio fiscal 2010. Articulo Segundo.- ALCANCES DEL BENEFICIO Los contribuyentes, responsables y/o infractores tendran los siguientes beneficios: Impuesto Predial: Condonacion del 100% de la tasa de interes moratorio y factor de reajuste. Arbitrios Municipales: Condonacion del 100% de la tasa de interes moratorio. En el caso de aquellos propietarios y/o poseedores, que tengan destinados sus predios al uso de casa-habitacion, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio y/o servicio menor y media, se le aplicara a la tasa de arbitrios municipales los siguientes beneficios adicionales: - Descuento del 20% del monto correspondiente a los anos 2004 y 2005. - Descuento del 50% del monto correspondiente al ano 2006. - Descuento del 30% del monto correspondiente al ano 2007. insoluto, insoluto, insoluto,

predios al uso de galerias comerciales, MORDAZA y/o centro de abastos, se le aplicara a la tasa de arbitrios municipales el siguiente beneficio adicional: - Descuento del 20% correspondiente al ano 2009. - Descuento del 20% correspondiente al ano 2010. del del monto monto insoluto, insoluto,

Multas Administrativas: Condonacion del 50% del monto total de las Multas Administrativas impuestas hasta el 31 de Diciembre del ejercicio fiscal 2010, respecto a las infracciones establecidas en el Regimen de Aplicaciones y Sanciones (RAS), siempre y cuando el infractor subsane o regularice la infraccion incurrida dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.GASTOS Y COSTAS PROCESALES Las deudas tributarias y administrativas que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva, se acogeran al beneficio establecido en la presente Ordenanza, con la condonacion de las costas coactivas y gastos administrativos generados por el expediente coactivo. Articulo Cuarto.- VIGENCIA DEL BENEFICIO Los contribuyentes, responsables y/o infractores, se podran acoger al beneficio de regularizacion desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de MORDAZA del ejercicio fiscal 2011. Articulo Quinto.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no seran materia de devolucion y compensacion alguna. Articulo Sexto.DESISTIMIENTO DE RECLAMACION El pago al contado de cualquier deuda en aplicacion de la presente Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos impugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Publicas e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segundo.- Facultese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 593862-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE LA MORDAZA
Ratifican, amplian y modifican facultades delegadas establecidas en el D.A. Nº 001-2011-MDCLR
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2011-MDCLR MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, 24 de enero 2011 EL MORDAZA DEL GOBIERNO LOCAL DE MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO

En el caso de aquellas asociaciones de comerciantes, propietarios y poseedores que tengan destinados sus

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