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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de enero de 2011 434949 partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 60. ELECTRO SARA SARA E.I.R.L., Inhabilitación por dieciséis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o inexacta, causal tipifi cada en el literal i) numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y D.S. Nº 184-2008-EF; respectivamente, según Resolución Nº 2363-2010-TC-S2 del 22.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 61. LA PALMA S.A.C., Inhabilitación por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según Resolución Nº 2365-2010-TC-S4 del 23.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 62. COMPAÑIA DE PROTECCIÓN INTEGRAL S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el literal a) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 184-2008-EF; según Resolución Nº 2370-2010-TC-S3 del 27.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 63. DISTRIBUIDORA DE MATERIALES DEL SUR E.I.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa y/o inexacta durante su inscripción ante el RNP, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2372-2010-TC-S3 del 27.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 64. REBAZA CHAVEZ; LUIS ALFREDO, Inhabilitación por once (11) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2373-2010-TC-S3 del 27.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 65.ELPESA CONSTRUCCIONES E.I.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2380-2010-TC-S4 del 27.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 66. AYALA RAMIREZ; ALICIA NICEDA, Inhabilitación por dieciséis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato, causal tipifi cada en el literal b) numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado y literal b) numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y D.S. Nº 184-2008-EF; respectivamente, según Resolución Nº 2397-2010-TC-S2 del 29.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 67. PROVEEDORES GENERALES DIMETIC E.I.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentación falsa, causal tipificada en el literal i) numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y D.S. Nº 184-2008-EF; respectivamente, según Resolución Nº 2400-2010-TC-S2 del 29.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 68. GALA MEJIA; CARMEN CECILIA, Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber participado en proceso de selección sin contar con inscripción vigente en el RNP y haber presentado documento falso o información inexacta, causales tipifi cadas en el literal e) y literal i) del numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado y literal e) y literal i) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y D.S. Nº 184-2008-EF; respectivamente, según Resolución Nº 2405-2010-TC-S1 del 29.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 69. SAN MARTIN SERVICES S.A., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución de la orden de compra, causal tipifi cada en el literal b) numeral 51.1 del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado y literal b) numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y D.S. Nº 184-2008-EF; respectivamente, según Resolución Nº 2408-2010-TC-S2 del 30.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 70.BAUTISTA & LEON S.A.C., Inhabilitación por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2411-2010- TC-S1 del 30.12.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección del SEACE incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de diciembre del 2010 a la página web de la Entidad, www.osce.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente Ejecutivo 594081-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Autorizan publicación de la Res. Adm. Nº 007-2011-J-ODECMA-CSJLI/ PJ, que aprueba el Programa Anual de Visitas Judiciales Ordinarias a realizarse durante el año judicial 2011 a diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 098-2011-P-CSJL/PJ Lima, 24 de enero del 2011