Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2011 (26/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2011

NORMAS LEGALES
N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21

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Que, la MORDAZA legal precitada en su articulo 73°, establece las competencias y funciones especificas de los gobiernos locales, entre otros en materia de organizacion del espacio fisico acondicionamiento territorial y seguridad ciudadana; Que, de conformidad a lo previsto en el articulo 79º, numeral 3, acapite 3.6.3 de la Ley N° 27972, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo normar, regular y otorgar autorizaciones, asi como realizar la fiscalizacion de ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica; Que, la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, modificada por la Ley Nº 28581, establece en su Titulo VIII, el MORDAZA generico de la propaganda en los procesos electorales constitucionalmente convocados; Que, el articulo 181° de la Ley N° 26859 senala que la propaganda electoral debe hacerse dentro de los limites que senalan las leyes; indicandose a su vez en el articulo 185º concordante con el literal d) del articulo 186º de la mencionada MORDAZA, que las autoridades municipales son competentes para regular y determinar la ubicacion de la propaganda politica en igualdad de condiciones para todas las organizaciones politicas, listas independientes y alianzas; Que, el articulo 193° de la Ley Organica de Elecciones, dispone el retiro o borrado de la propaganda electoral dentro de los sesenta (60) dias posteriores al acto electoral, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento; Que, el articulo 5° de la Resolucion N°136-2010JNE del MORDAZA Nacional de Elecciones que aprueba el Reglamento de Propaganda Electoral, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 27 de febrero del 2010, senala que es competencia de los Gobiernos Locales aprobar la ordenanza que autoriza y regula la ubicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, asi como su retiro luego de la realizacion del MORDAZA, en concordancia con el ordenamiento juridico en materia electoral y lo dispuesto por dicho organismo en dicho reglamento y normas complementarias; Que, la Subgerencia de Comercializacion contando con aprobacion de la Gerencia de Promocion Comercial, a traves del Informe N° 011-2011-MDLM-GPC-SGC de fecha 10 de enero de 2011, presenta propuesta sobre los puntos de ubicacion de la propaganda electoral en el distrito de La Molina; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 051, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de agosto del 2002, se establecen las normas que sobre propaganda electoral, deben cumplir las organizaciones politicas, listas independientes y alianzas en los procesos constitucionalmente convocados, dentro de la jurisdiccion del distrito de La Molina; Que, a traves del Decreto de Alcaldia N° 004-2006, modificado por Decreto de Alcaldia N° 007-2006, se fijo las ubicaciones en la via publica para la instalacion de la propaganda electoral en el distrito, las cuales a la fecha no cuentan con espacio suficiente por la presencia de arboles o mobiliario MORDAZA, o que en las mismas se vienen ejecutando trabajos de remodelacion y/o acondicionamiento, o que tales puntos se encuentran en la faja de servidumbre de los postes de alta y media tension de las empresa proveedoras de suministro electrico, lo cual dificulta la instalacion de los citados anuncios o avisos; por lo que resulta necesario realizar su reubicacion a fin de brindar espacios adecuados para la instalacion de este MORDAZA anuncios y avisos publicitarios, resguardando de ese modo el ornato y la ecologia del distrito; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por el articulo 9° numeral 9), articulo 38°, 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS UBICACIONES EN LA VIA PUBLICA PARA LA INSTALACION DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO Articulo Unico.- APROBAR las ubicaciones en via publica para la instalacion de propaganda electoral en el distrito de La MORDAZA, las mismas que se detallan a continuacion:

UBICACION Av. MORDAZA MORDAZA Este con Av. Ingenieros Av. MORDAZA MORDAZA Este con Av. La MORDAZA (terreno baldio ­ Metro) Av. MORDAZA MORDAZA Este con Av. MORDAZA MORDAZA Ovalo Huarochiri Ovalo Huarochiri con Av. MORDAZA MORDAZA Este /berma central Av. La MORDAZA Cdra. 1 (frente al ingreso Urb. La Rinconada) Av. La MORDAZA con Av. MORDAZA Ugarteche (zona de jardin sobre Av. La Molina) Av. La MORDAZA con Ca. El Sol Av. La MORDAZA frente al MORDAZA Cooperativo de MUSA Av. La MORDAZA frente al Deposito Municipal Av. Los Fresnos Cdra. 13 con MORDAZA MORDAZA La Nueva (berma central) Av. Separadora Industrial con Av. Los Frutales Av. Separadora Industrial con Jr. Los Eucaliptos ingreso AA.HH. Matazango Av. Separadora Industrial con Av. Huarochiri (lado La Molina) Av. Separadora Industrial con Av. Los Ingenieros (isla central) Alameda del Corregidor con Prolongacion Los Fresnos Alameda del Corregidor con Av. de Los Condores Alameda del Corregidor frente a la Facultad de Derecho de la Univ. San MORDAZA de Porres Alameda del Corregidor con Alameda MORDAZA Ovalo La Fontana Cerro Centinela (con limitacion de espacio)

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- FACULTAD DE REGLAMENTAR Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. Segundo.- UNIDADES ORGANICAS ENCARGADAS DE SU CUMPLIMIENTO Encarguese a la Gerencia de Promocion Comercial, Subgerencia de Comercializacion, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Oficina de Fiscalizacion y Control Municipal y la Unidad de Serenazgo, el cumplimiento del presente dispositivo municipal. Tercero.- DISPOSICION DEROGATORIA Deroguese el Decreto de Alcaldia N° 004-2006, modificado por el Decreto de Alcaldia N° 007-2006; asi como las disposiciones legales municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza. Cuarto.- VIGENCIA DE LA MORDAZA La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 593943-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion tributaria y administrativa en el distrito
ORDENANZA Nº 00063/MDSA MORDAZA MORDAZA, 14 de enero de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA ANITA: VISTO: El proyecto de Ordenanza que establece Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa,

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