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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de enero de 2011 434959 Tercera.- Se evaluará la participación directa de Personal de Marina en calidad de monitores en las diferentes instituciones educativas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional del Callao a los veinticinco días del mes de enero de 2011. FÉLIX MORENO CABALLERO Presidente 594791-1 Aprueban inclusión del área del Idioma Extranjero Inglés en el Plan de Estudios de la Educación Básica Regular en los niveles inicial y primaria en las Instituciones Educativas Públicas de la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA REGIONAL N° 00005 Callao, 25 de enero de 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión del 25 de Enero del 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783 y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, y sus modifi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asunto de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º, literal m) de la Ley de Bases de la Descentralización, corresponde a los Gobiernos Regionales dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad; y que el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el inciso c) del artículo 47º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en materia de educación “Diversifi car los currículos nacionales, incorporando contenidos signifi cativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos”, y el literal q) “Fomentar y participar en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación educativa que aporten al desarrollo regional y al mejoramiento de la calidad de servicio educativo”; Que, el Gobierno Regional del Callao, al recibir la transferencia de las funciones específi cas en materia de educación, tiene la competencia compartida necesaria para accionar según lo dispuesto en el artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Plan de desarrollo Concertado de la Región Callao 2003 – 2011 aprobado mediante el Acuerdo N° 019- 2003 del Consejo Regional de la Región Callao enuncia los siguientes Objetivos Estratégicos: En Desarrollo del Sector Educación: “ En desarrollo Científi co, Educativo y Cultural: “Repotenciar la educación Inclusiva en la Región Callao teniendo como estrategia el “Formular la Curricular Educativa Regional acorde con la realidad para impulsar el desarrollo socio-económico y cultural de la Región”; Que, el cuarto propósito de la Educación Básica Regular al 2021 es desarrollar el conocimiento del Idioma inglés como lengua internacional, por lo que en el marco de un mundo globalizado, el idioma inglés se convierte en una herramienta necesaria para una efectiva comunicación, siendo entonces que el Gobierno Regional del Callao, promueve desde la niñez el desarrollo de una lengua extranjera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33º de la Ley General de Educación, los currículos básicos nacionales se diversifi can en las instancias regionales y locales, en coherencia con las necesidades, demandas y características de los estudiantes y de la realidad social, cultural, lingüística, económica-productiva y geográfi ca en cada una de las regiones y localidades de nuestro país; Que, el Gobierno Regional del Callao por intermedio de su Gerencia de Educación en estrecha coordinación con la Unidad de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación del Callao, tomando acciones directas para encaminar los procesos educativos en la Región Callao, realineándolo hacia el primer propósito de la Educación Básica Regular; plantean la aplicación de la enseñanza del Idioma Inglés en el Nivel Inicial y Primaria; Que mediante el Ofi cio N° 218 -2011-EE, del 20 de enero del 2011, la Dirección Regional de Educación del Callao- DREC- CALLAO, remite a la Gerencia de Educación, Cultura y Deporte, el Informe Técnico Pedagógico N° 02-2011—EE del 20 de Enero del 2011, en el que sustenta la Propuesta de Incluir la enseñanza del idioma inglés en el Plan de Estudios del los Niveles de Inicial y Primaria; Que el Informe Técnico N° 002.-2011EE-UGP-DREC, señala que el idioma inglés en la Región Callao constituye una herramienta básica para todo profesional, herramienta que debe ser desarrollada desde los primeros niveles de educación y de manera integral a lo largo de la educación básica, por lo que su enseñanza desde la educación inicial y primaria permitirá a los alumnos egresados de este nivel educativo alcanzar los objetivos del aprendizaje del idioma inglés en la educación secundaria con mayor facilidad; Asimismo señala que como objetivo a largo plazo, la enseñanza y aprendizaje del idioma Inglés en Educación Primaria, mejora la calidad de la enseñanza debido a que el aprendizaje de un idioma es una necesidad en la sociedad actual. Sin embargo, el interés de su introducción más temprana en el currículo básico no se deriva únicamente de estas expectativas sociales, sino que responde fundamentalmente a que una lengua extranjera contribuye al desarrollo integral de todos los niños y niñas. Al poner a los alumnos de educación inicial y primaria en contacto con otra lengua diferente a la que ellos hablan, se propicia la interculturalidad e impulsa a la vez sus capacidades, creatividad, autoestima y seguridad; permitiéndoles así comunicarse entre ellos y conocer otras culturas; Que, mediante Memorándum Nº 026-2011-GRC/ GRECD, del 20 de enero del 2011, la Gerencia de Educación Cultura y Deporte, solicita la opinión legal a la Gerencia Legal del Gobierno Regional del Callao respecto a la Inclusión del Área del idioma inglés en el Plan de estudios de los niveles de Inicial y Primaria; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Callao, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA “INCLUSIÓN DEL ÁREA DEL IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS EN EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR EN LOS NIVELES INICIAL Y PRIMARIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO” Artículo 1º.- Aprobar la “Inclusión del Área del Idioma Extranjero Inglés, en el plan de estudios de la educación básica regular en los niveles de Inicial del II Ciclo y Primaria III, IV, V Ciclo de las Instituciones Educativas Públicas “del ámbito de la jurisdicción de la Región Callao; a partir del presente año escolar”. Artículo 2º.- Disponer que de acuerdo al Plan de Estudios del Diseño Curricular Nacional, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0440-2008-ED, se hará uso de