Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2011 (26/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2011

16. MUEBLES Y DECORACIONES MORDAZA E.I.R.L., Mediante Resolucion Nº 2389-2010-TC-S1 de 27.12.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 2184-2010-TC-S1 del 19.11.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no suscribir injustificadamente el contrato, infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, y en el literal a) del numeral 1 del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 17. SERVICIOS GENERALES S.R.LTDA., Mediante Resolucion Nº 006-2011-TC-S3 de 04.01.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 2207-2010TC-S3 del 25.11.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por su participacion en MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el RNP, causal tipificada en el numeral 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 18. MAQUINARIAS Y SERVICIOS PERU S.A.C. ­ MAQUINSAC PERU, Mediante Resolucion Nº 2379-2010TC-S4 de 27.12.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 2228-2010-TC-S4 del 29.11.2010, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion de la Orden de Compra, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 19. INGARQ PERU S.A.C., Inhabilitacion por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Nº 2233-2010-TC-S4 de 29.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 20. MENDIETA MEZA; MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, asi como en el literal b) del numeral 1 articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente, segun Resolucion Nº 2238-2010-TC-S4 de 29.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 21. YULFER CONFECCIONES S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, asi como en el numeral 1) literal i) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente, segun Resolucion Nº 2243-2010-TC-S2 de 30.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 22. MORDAZA COMERCIO Y SERVICIOS MULTIPLES S.A.C. - VICOSEM S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, asi como en el numeral 1) literal i) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto

Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente, segun Resolucion Nº 2253-2010-TC-S1 de 30.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 23. OLITEL PERU E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, asi como en el numeral 1) literal i) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente, segun Resolucion Nº 2254-2010-TC-S1 de 30.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 24. CONSTRUCTORA BUILDINGS E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley y literal b) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 2257-2010-TC-S2 del 30.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 25. IMPORTACIONES SAVIC S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y el literal a) numeral 1 del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 2258-2010-TC-S2 del 30.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 26. SOUTH MORDAZA S.A.C.., Inhabilitacion por quince (15) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion de la orden de compra, infraccion tipificada en el numeral 2 del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2260-2010-TC-S4 del 30.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 27. COLESI CONTRATISTAS GENERALES S.A., Mediante Resolucion Nº 024-2011-TC-S4 de 10.01.2011, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 2261-2010-TC-S4 del 30.11.2010, reformando el periodo de sancion de nueve (09) a ocho (08) meses de inhabilitacion en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, infraccion tipificada en el numeral 9 del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 28. CONSORCIO REBOLLAR S.R.L., Inhabilitacion por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, infraccion tipificada en el numeral 9 del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 2262-2010-TC-S4 del 30.11.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 29. MATERIAL MEDICO IMPORTADOR E.I.R.L., Inhabilitacion por ocho (08) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber suscrito contrato sin contar con inscripcion vigente en el RNP, infraccion tipificada en el numeral 5 del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº

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