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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de enero de 2011 435173 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 098-2011-VMPCIC-MC Lima, 26 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 2003-2010-LDMS/SDSP/DA/ DREPH/INC de fecha 18 de mayo de 2010, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declare patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica de reconocimiento con excavaciones restringidas con fi nes de delimitación en Lote Jaime – Valle Chao”, a cargo de la Lic. Rocío Esquerre Alva, con R.N.A. Nº AE-0703; Que, mediante Acuerdo Nº 0616 de fecha 20 de mayo de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Salinas 1, Salinas 2, Salinas 3, Salinas 4, Salinas 5, Salinas 6, Salinas 7, Salinas 8, Salinas 9, Salinas 10, Salinas 11, Salinas 12, Salinas 13, Salinas 14, Salinas 15, Salinas 16, Salinas 17, Salinas 18, Salinas 19, Salinas 20, Salinas 21, Salinas 22, Salinas 23, Salinas 24, Salinas 25, Salinas 26 y Salinas 27, ubicados en la provincia de Virú, departamento de La Libertad; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14º de la Ley Nº 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestión, Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento La Libertad Provincia Virú Nombre del sitio Distrito Datum PSAD56 Zona 17 arqueológico UTM Este UTM Norte Salinas 1 Chao 755408.46 9045450.19 Salinas 2 Chao 754891.86 9045037.94 Salinas 3 Chao 754636.18 9044290.20 Salinas 4 Chao 755437.40 9044899.43 Salinas 5 Chao 755524.19 9044758.96 Salinas 6 Chao 755644.72 9044495.37 Salinas 7 Chao 755826.21 9043269.32 Salinas 8 Chao 757103.29 9043583.83 Salinas 9 Chao 756972.74 9043601.43 Salinas 10 Chao 756644.10 9043394.77 Salinas 11 Chao 756769.87 9042786.02 Salinas 12 Chao 756232.88 9041275.89 Salinas 13 Chao 755378.57 9042338.50 Salinas 14 Chao 755071.58 9042456.99 Salinas 15 Chao 754642.27 9042611.72 Salinas 16 Chao 753399.97 9042552.53 Salinas 17 Chao 753443.18 9042252.58 Salinas 18 Chao 753374.63 9041762.87 Salinas 19 Chao 753078.04 9040755.05 Salinas 20 Chao 752608.29 9040239.40 Salinas 21 Chao 751690.58 9039420.93 Salinas 22 Chao 751690.58 9039420.93 Salinas 23 Chao 751318.52 9040064.67 Salinas 24 Chao 750829.57 9040016.73 Salinas 25 Chao 750488.94 9040489.76 Salinas 26 Chao 749814.80 9040632.27 Salinas 27 Chao 749487.46 9040649.97 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de La Libertad la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 4º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE CARLOS VILCAPOMA IGNACIO Viceministro (e) de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 595929-9 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 099-2011-VMPCIC-MC Lima, 26 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 1114-2010-LPE/SDIC/DA/ DREPH/INC de fecha 31 de mayo de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica con fi nes de delimitación de sitios arqueológicos en el mejoramiento del sistema de agua potable y construcción de alcantarillado Batanes – Chulucanas, en la región Piura” a cargo del Lic. Mario Salazar Juárez, con R.N.A. Nº CS-0348, no presentan observaciones; Que, mediante Informe Nº 2326-2010-LDMS/SDSP/DA/ DREPH/INC de fecha 11 de junio de 2010, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declare patrimonio cultural de la Nación y