Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2011 (29/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de enero de 2011

Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION, de fecha 20 de enero de 2011, se acordo que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en el Proyecto "Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones para el Desarrollo Integral de las Comunidades de Candarave", sera la indicada en el literal a) del articulo N°2 del Decreto Legislativo N° 674; Que, asimismo en la sesion indicada en el considerando precedente, el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo el Plan de Promocion del Proyecto "Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones para el Desarrollo Integral de las Comunidades de Candarave", conforme a lo establecido en el inciso 3° del articulo 4° del Decreto Legislativo N° 674; De conformidad con lo establecido en el articulo 4° del Decreto Legislativo N° 674 concordado con la Ley N° 26440, los acuerdos senalados en los considerandos precedentes deben ser ratificados por resolucion suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 20 de enero de 2011, mediante el cual se acordo aprobar que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en el Proyecto "Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones para el Desarrollo Integral de las Comunidades de Candarave", sera la establecida en el literal a) del articulo 2 del Decreto Legislativo N° 674. Articulo 2°.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 20 de enero de 2011, mediante el cual se aprobo el Plan de Promocion del Proyecto "Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones para el Desarrollo Integral de las Comunidades de Candarave", conforme a lo establecido en el inciso 3° del articulo 4° del Decreto Legislativo N° 674. Articulo 3°- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Gerencial del Sector Publico o por quien este delegue, siguiendo los lineamientos que para tal efecto establezca la Comision del Fondo de Apoyo General al Sector Publico; Que, los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 238-2009-EF/10 y modificatorias, establecen las obligaciones que deben cumplir los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegacion de funciones correspondientes, en los temas relativos al MORDAZA de seleccion y contratacion de consultores; Que, segun el articulo 67º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 y modificatorias, la Oficina General de Administracion es la encargada de administrar el Pliego Economia y Finanzas en lo que se refiere a las funciones de personal, capacitacion, abastecimiento, presupuesto, contabilidad y tesoreria, de acuerdo a las normas vigentes y a las directivas impartidas por el Ministro; Que, el ultimo parrafo del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, es conveniente delegar en el Jefe de la Oficina General de Administracion la autorizacion de la suscripcion de los Terminos de Referencia del Servicio que como Anexo Nº 1 forma parte de los Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 14899-EF/13.03 y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar en el Jefe de la Oficina General de Administracion, la suscripcion de los Terminos de Referencia del Servicio que como Anexo Nº 1 forma parte de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico". Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina General de Administracion debera dar cuenta al Ministro sobre los actos realizados en virtud de la delegacion dispuesta por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

596995-4 596970-1

Delegan en el Jefe de la Oficina General de Administracion la suscripcion de los Terminos de Referencia del Servicio que como Anexo Nº 1 forma parte de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 061-2011-EF/43
MORDAZA, 27 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25650 y modificatorias se creo el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, destinado a compensar adecuadamente el asesoramiento calificado que se brinde a las diferentes reparticiones del Estado; Que, asimismo el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 053-2009 dispone que la seleccion de los locadores de servicios asi como la suscripcion del contrato correspondiente, seran efectuadas por el Titular de la entidad receptora del consultor del Fondo de Apoyo

Modifican el Reglamento del Programa de Creadores de MORDAZA y designan a entidades financieras con el estatus Creador de MORDAZA para el Ano 2011
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 001-2011-EF/75.01
MORDAZA, 28 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-EF, publicado el 25 de enero de 2011, se ha aprobado un MORDAZA Reglamento del Programa de Creadores de MORDAZA, el cual sustituye al Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 137-2005-EF; Que, en aplicacion del numeral 3 del Reglamento vigente, corresponde a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, en su calidad de Unidad Responsable, designar anualmente a los participantes del Programa con el estatus de Creador de MORDAZA o Aspirante a Creador de MORDAZA, previa verificacion del cumplimiento de lo establecido en los numerales 4, 5 y 6 de dicho Reglamento; Que, el numeral 4.2.2 del Reglamento vigente establece un porcentaje de adquisicion minima de Bonos Soberanos

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