Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2011 (29/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

435189

del Ministerio de la Produccion, con un Certificado de Deposito emitido por un Almacen General de Deposito debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo de cumplir con todos los demas requisitos contenidos en el procedimiento Nº 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE (Centro-Norte), cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2009PRODUCE, se aprobo el Reglamento para la aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del MORDAZA, asimismo, a traves de su articulo 2º, se aprobo la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur (PMCE ­ Sur), como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del pais. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 376-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur ­ PMCE-SUR; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 167-2010PRODUCE de fecha 06 de MORDAZA de 2010, se autorizo el inicio de la MORDAZA Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre los 16°00´00" Latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo Agosto ­ Diciembre 2010; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 499-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 30 de MORDAZA del 2010, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ LMCE-SUR del recurso anchoveta, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca Agosto ­ Diciembre de 2010 de la citada zona; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 279-2010PRODUCE de fecha 27 de octubre del 2010, se autorizo el inicio de la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16°00´ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 20 de noviembre del 2010, que concluira el 31 de enero del 2011 o una vez alcanzado el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible (LMTC). Asimismo, se establecio que el LMTC del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente a dicha temporada de pesca es de 2´070,000 toneladas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 708-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de noviembre de 2010, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del 2010, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16° 00' Latitud Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 190-99-PE/ DNE, se aprobo el cambio de titular a favor de AUSTRAL GROUP S.A., de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, entre otras embarcaciones, RESBALOSA II de matricula Nº CO-10447-PM, PATILLO de matricula Nº CO-11629-PM y CUBAGUA de matricula Nº CO-11071-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE y Resoluciones Directorales Nºs. 106-99-PE/DNE, 16799-PE/DNE y 273-99-PE/DNE, se otorgaron permisos de pesca a plazo determinado a AUSTRAL GROUP S.A., para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula Nº CO-18517-PM, de 433.84 m3 de capacidad de bodega, la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula Nº CO18644-PM, de 437.50 m3 de capacidad de bodega, la embarcacion pesquera PITI de matricula Nº CO-18813-PM, de 435.36 m3 de capacidad de bodega y la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula Nº CO-18812-PM de 430.24 m3 de capacidad de bodega respectivamente, las cuales utilizan RSW como sistema de preservacion a bordo, para dedicarse a la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud

de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas y diez (10) millas costeras segun corresponda; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 047-2001-PE/ DNEPP de fecha 30 de MORDAZA del 2001, se modifico el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE, los articulos 2º y 9º de la Resolucion Directoral Nº 273-99PE/DNE, el articulo 3º de las Resoluciones Directorales Nºs 106-99PE/DNE y 167-99PE/DNE y los articulos 1º y 3º de las Resoluciones Directorales Nºs. 190-99-PE/DNE, 257-99-PE/ DNE y 290-99-PE/DNE, en los extremos correspondientes a la razon social AUSTRAL GROUP S.A., consignandose la actual denominacion social AUSTRAL GROUP S.A.A., manteniendose en lo demas que contienen; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 235-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 03 de MORDAZA del 2007, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 31597-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98PE y la Resolucion Directoral Nº 374-98-PE/DNE y a su vez modificada por el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/DNE, Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE y Resolucion Directoral Nº 301-2005-PRODUCE/DNEPP; el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 301-2005PRODUCE/DNEPP, Resolucion Ministerial Nº 272-98-PE, Resolucion Directoral Nº 167-99-PE/DNE y Resolucion Directoral Nº 106-99-PE/DNE; y los articulos 3º, 4º y 5º de la Resolucion Directoral Nº 301-2005-PRODUCE/DNEPP, respecto a las autorizaciones de incremento de flota de las embarcaciones pesqueras MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA II, PITI y MARINA; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, para MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA II y PITI es de 399.61 m3, MORDAZA es de 399.605 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 21.33, 18.63, 13.11, 17.49, 15.88 m3 provenientes de la embarcacion JOCAMI de matricula CE-4997-CM, manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota. Consecuentemente, se modifico el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/DNE, Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE y el y el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 301-2005PRODUCE/DNEPP, 4º y 5º de la Resolucion Directoral Nº 282-98-PE, 167-99-PE/DNE, 106-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-18812-PM, MORDAZA de matricula CO-18517-PM, MORDAZA II de matricula CO16948-PM, PITI de matricula CO-18813-PM y MORDAZA de matricula CO-18644-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina, entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 399.61 y 399.605 m3, manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 571-2010, de fecha 25 de agosto del 2010, se aprobo a favor de AUSTRAL GROUP S.A.A., la Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion - PMCE de las embarcaciones pesqueras DORICA de matricula CO-10200-PM hacia MORDAZA de matricula CO-11391-PM, MORDAZA II de matricula CO-16948-PM y PITI de matricula CO-18813-PM; NUEVA MORDAZA de matricula CO11073-PM hacia MORDAZA DE PLATA II de matricula CO9908-PM; para las zonas Norte-Centro y Sur; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 572-2010, de fecha 25 de agosto del 2010, se aprobo a favor de AUSTRAL GROUP S.A.A., la Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO15314-PM a las embarcaciones pesqueras JUANCHO de matricula CO-12232-PM, NUEVA RESBALOSA de matricula CO-13012-PM, MORDAZA de matricula CO-18517PM y MORDAZA de matricula CO-18644-PM; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 788-2010, de fecha 22 de diciembre del 2010, se modifico el Listado de los Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) y Limites MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE), correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y Sur del litoral, aprobado por las Resoluciones Directorales Nºs. 8432008-PRODUCE/DGEPP, 708-2010-PRODUCE/DGEPP, 376-2009-PRODUCE/DGEPP y 499-2010-PRODUCE/ DGEPP, respectivamente; en el cual se consignan las embarcaciones pesqueras MORDAZA, MORDAZA, PITI y MORDAZA II; Que, mediante el escrito del visto, la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A., solicita asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera CUBAGUA de

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