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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de enero de 2011 435176 la Marina de Guerra del Perú, se ha establecido la asistencia de UN (1) Ofi cial Almirante de la Marina de Guerra del Perú, a la Ceremonia de Conmemoración del Combate Naval de Abtao, a realizarse en la ciudad de Chiloé - REPÚBLICA DE CHILE, a partir del 6 al 10 de febrero de 2011; Que, la asistencia a la mencionada Ceremonia, permitirá afi anzar los lazos de amistad y cooperación en las áreas operacionales, académicas e intercambio de experiencia frente a nuevas amenazas, desarrollando, impulsando y potenciando las relaciones entre las Instituciones Armadas de ambos países; así como, permitiendo la consolidación de asociaciones preferenciales en áreas de interés para nuestro país; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Almirante para que participe en la mencionada ceremonia de conmemoración; Que, el viaje se encuentra incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 110 (RO) del Anexo (1) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011 (RO), aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Jasón Oscar SAAVEDRA Paredes, para que asista a la Ceremonia de Conmemoración del Combate Naval de Abtao, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo N° 047-2002 - PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Contralmirante Jasón Oscar SAAVEDRA Paredes, CIP. 00753786 y DNI. 43307732, para que asista a la Ceremonia de Conmemoración del Combate Naval de Abtao, a realizarse en la ciudad de Chiloé – REPÚBLICA DE CHILE, a partir del 6 al 10 de febrero de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Santiago de Chile (CHILE) - Lima US$. 600.00 x 1 persona Pasajes Terrestres: Santiago de Chile - Chiloé - Santiago de Chile US$. 100.00 x 1 persona Viáticos: US$. 200.00 x 5 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Ofi cial Almirante deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 596995-7 Autorizan viaje de oficial del Ejército a Bolivia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2011-DE/EP Lima, 28 de enero de 2011 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 070/U-4.d.2 de diciembre de 2010, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército; CONSIDERANDO Que, por ser de interés institucional, mediante el documento del Visto, el General de Ejército Comandante General del Ejército aprueba la participación del Teniente Coronel EP Jelicoe Antonio ALVAREZ RIVERA, para que participe como instructor invitado de Inteligencia en la Escuela de Inteligencia del Ejército de Bolivia, del 15 de febrero al 31 de diciembre de 2011, lo que va a permitir mantener capacitado a dicho Ofi cial, para desempeñar funciones de instructor de Inteligencia. Se designa al mencionado Ofi cial para dar cumplimiento y a lo acordado en el Acta de la XVII Ronda de Conversaciones entre los altos mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Bolivia y a lo dispuesto por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en la Directiva Nº 11 JCCFFAA/D-3/FE de diciembre de 2008; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem Nº 12, del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por Ley Nº 29598, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-DE de 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG de 19 de noviembre de 2009; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa;