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Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435551 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2011-MTC/02 Lima, 28 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, establece en su artículo 16, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con competencias normativas para dictar los reglamentos nacionales así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito, e interpretar los principios de transporte y tránsito terrestre velando que se dicten las medidas necesarias para su cumplimiento en todos los niveles funcionales y territoriales del país; Que, la Ley en su artículo 23, ha establecido que uno de los reglamentos nacionales necesarios para su implementación, lo constituye el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura, cuya fi nalidad consiste, entre otros, en defi nir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 034-2008- MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, en adelante el Reglamento, el cual en sus artículos 15 y 37 establece las fases que comprenden las actividades del mantenimiento vial así como las condiciones para el uso del derecho de vía, respectivamente; Que, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles mediante los Informes Nº 022-2010-MTC/14.AL, Nº 132- 2010-MTC/14.04 y Nº 153-2010-MTC/14.04 ha propuesto la modifi cación de los artículos 15 y 37 del Reglamento, referidos a las actividades del mantenimiento vial así como a las condiciones para el uso del derecho de vía, respectivamente, recomendando la publicación del proyecto de norma modifi catoria; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de norma de carácter general que sean de su competencia, en el diario oficial “El Peruano”, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días calendario, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, que aprobó el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; y, la Directiva Nº 003-2008-MTC/01 aprobada por Resolución Ministerial Nº 191-2008- MTC/01 y modificada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, así como la descripción de los temas que involucra, en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mintc.gob.pe, con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la recepción, procesamiento, sistematización y atención de los comentarios que se presenten al citado proyecto de Decreto Supremo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que modifi ca el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC El Ministerio de Transportes y Comunicaciones pone a consideración del público interesado el contenido del presente proyecto de norma, e invita a remitir sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, sito en Jr. Zorritos Nº 1203 Cercado de Lima, o vía fax al 615- 7918 dentro del plazo de quince (15) días calendario, o vía correo electrónico a alsalazar@mintc.gob.pe o cmalache@mintc.gob.pe, de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Decreto Supremo que modifi ca el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC Numeral o Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios generales: TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que modifi ca el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial PROYECTO El Peruano