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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435537 UNIVERSIDAD PERUANA DE INTEGRACIÓN GLOBAL VISTOS: El Ofi cio Nº 0462-2010/PCO/UPIG recibido con fecha 04 de noviembre de 2010, el Ofi cio Nº 869- 2010-CONAFU-CDAA de fecha 22 de noviembre de 2010, el Ofi cio Nº 1731-2010-CONAFU-P de fecha 24 de noviembre de 2010, el Ofi cio Nº 497-2010/PCO/UPIG recibido con fecha 14 de diciembre de 2010, el Ofi cio Nº 007-2011-CONAFU-CDAA de fecha 03 de enero de 2011, y el Acuerdo Nº 018-2011-CONAFU de la Sesión del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 05 de enero de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector de funcionamiento de las universidades del país bajo su competencia, siendo órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Universitaria - Ley 27333, artículo 9º: “Cada Universidad organiza y establece su régimen académico por Facultades de acuerdo a sus características y necesidades; asimismo, artículo 10º: “Las Facultades son las Unidades fundamentales de Organización y formación académica y profesional, y en ellas se estudia una o mas disciplinas o Carreras, según la afi nidad de sus contenidos y objetivos”, y artículo 11º: “Los Departamentos Académicos son unidades de servicio académico, específi co a la Universidad, que reúnen a los profesores que cultivan disciplinas relacionadas entre sí”; Que, el artículo 23º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: para el inicio de tercer año de funcionamiento, la Comisión Organizadora en función al grado de Desarrollo Institucional solicitará la adecuación de las carreras profesionales al régimen facultativo con cuya aprobación se designarán a los coordinadores de facultad; lo cual es concordante con el artículo 27º del mismo cuerpo normativo, referido a la organización que debe asumir la Universidad a su quinto año de funcionamiento; Que, por Ofi cio Nº 0462-2010/PCO/UPIG recibido con fecha 04 de noviembre de 2010, el señor Luís Bernardo Guzmán Cabrera Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global, remitió el Proyecto de Adecuación al Régimen de Facultades; Que, mediante Ofi cio Nº 869-2010-CONAFU-CDAA de fecha 22 de noviembre de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global, solicita la aprobación de la Adecuación de Carreras Profesionales al Régimen de Facultades y el reconocimiento y designación de los Coordinadores de Facultad, tal como se establece en los artículos del 23º al 26º de la Resolución Nº 100-2005-CONAFU; asimismo, señala las siguientes observaciones: 1) Requerir a la Universidad la sustentación de la capacidad instalada, la capacidad académica y fi nanciera, así como la relación de aulas, laboratorios y ambientes que serán asignados a cada una de las Facultades, 2) Solicitar a la Universidad que sustente la situación del Dr. Carlos Guanilo Paredes propuesto como Jefe de Departamento Académico de Marketing y Negocios Internacionales, puesto que no aparece en la base de datos de docentes de la Universidad hasta el 2010-I, y 3) Requerir a la Universidad el pago correspondiente por cada una de las Facultades que propone de conformidad con lo indicado en el ítem 20 del TUPA del CONAFU, toda vez que sólo presenta la sustentación del pago de una facultad; Que, con Ofi cio Nº 1731-2010-CONAFU-P de fecha 24 de noviembre de 2010, el Presidente del CONAFU, remitió al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global las observaciones señaladas mediante Ofi cio Nº 869-2010- CONAFU-CDAA; Que, con Ofi cio Nº 497-2010/PCO/UPIG recibido con fecha 14 de diciembre de 2010, el señor Luís Bernardo Guzmán Cabrera Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global remitió el levantamiento de observaciones remitidas mediante Ofi cio Nº 1731-2010-CONAFU-P; Que, con Ofi cio Nº 007-2011-CONAFU-CDAA de fecha 03 de enero de 2011, la Comisión Académica informó al Pleno del CONAFU que el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global ha cumplido con presentar apropiadamente la subsanación de observaciones comunicadas mediante el Ofi cio Nº 1731-2010-CONAFU-P, en relación a la adecuación de carreras profesionales al régimen facultativo, opinando se autorice la aprobación de la Adecuación de las Carreras Profesionales al Régimen Facultativo de la Universidad Peruana de Integración Global; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, en el artículo 10º establece que: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto ó Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU.”; Que, en Sesión de fecha 05 de enero de 2011, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 018-2011-CONAFU convino por UNANIMIDAD: Aprobar la adecuación de las Carreras Profesionales de la Universidad Peruana de Integración Global al Régimen de Facultades, según el siguiente detalle: 1) Facultad de Ingenierías: Carreras Profesionales: Ingeniería Civil – Ingeniería de Sistemas e Informática, Coordinador: Ing. M.Sc. Kruger Teodomiro Sarapura Yupanqui, Jefe de Departamento Académico: Ing. Luís Humberto Díaz Huisa; 2) Facultad de Marketing y Negocios Internacionales: Carrera Profesional: Marketing y Negocios Internacionales, Coordinador: Dr. Eudocio Nicéforo Yllesca Lazo, Jefe de Departamento Académico: Dr. Carlos Guanilo Paredes; 3) Facultad de Enfermería: Carrera Profesional: Enfermería, Coordinador: Dra. Martha Emma Bustamante Contreras, Jefe de Departamento Académico: Lic. Patricia Verónica Namuche Zavaleta, 4) Facultad de Derecho y Ciencias Políticas: Carrera Profesional: Derecho y Ciencias Políticas, Coordinador: Dr. Guillermo Quiroz Cieza; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la adecuación de las carreras Profesionales de la Universidad Peruana de Integración Global al Régimen de Facultades, según el siguiente detalle: FACULTAD DE INGENIERÍAS Carreras Profesionales : Ingeniería Civil Ingeniería de Sistemas e Informática Coordinador : Ing. M.Sc. Kruger Teodomiro Sarapura Yupanqui Jefe de Departamento Académico : Ing. Luís Humberto Díaz Huisa. FACULTAD DE MARKETING Y NEGOCIOS INTERNACIONALES Carrera Profesional : Marketing y Negocios Internacionales Coordinador : Dr. Eudocio Nicéforo Yllesca Lazo Jefe de Departamento Académico : Dr. Carlos Guanilo Paredes FACULTAD DE ENFERMERIA Carrera Profesional : Enfermería Coordinador : Dra. Martha Emma Bustamante Contreras Jefe de Departamento Académico : Lic. Patricia Verónica Namuche Zavaleta