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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de febrero de 2011 436122 IMPUESTO PREDIAL FECHA DE VENCIMIENTO TERCERA CUOTA 31/08/2011 CUARTA CUOTA 30/11/2011 ARBITRIOS MUNICIPALES FECHA DE VENCIMIENTO PRIMERA Y SEGUNDA CUOTA 28/02/2011 TERCERA CUOTA 31/03/2011 CUARTA CUOTA 30/04/2011 QUINTA CUOTA 31/05/2011 SEXTA CUOTA 30/06/2011 SETIMA CUOTA 30/07/2011 OCTAVA CUOTA 31/08/2001 NOVENA CUOTA 30/09/2011 DECIMA CUOTA 31/10/2011 UNDECIMA CUOTA 30/11/2011 DUODECIMA CUOTA 31/12/2011 Artículo Tercero.- FACULTAR, al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía establezca fechas distintas a las señaladas en los artículos precedentes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 602211-1 Ratifican Acuerdo Nº 026-07 y fijan ingreso mensual del alcalde y dieta de regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 06 -11 Chaclacayo, 8 de febrero de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO: CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece en su artículo 21º que el Alcalde desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por Acuerdo de Concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. Asimismo, el Artículo 12º dispone que los regidores desempeñan su cargo al tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por Acuerdo de Concejo dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo deberá ser publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, se establecieron las disposiciones que permiten a los concejos municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes provinciales y distritales, en el marco de la Ley Nº 28212. El numeral 3.1 del artículo 3º de la citada norma señala que los ingresos máximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes deben ser fijados por los Concejo Municipales respectivos considerando para tal efecto la escala que contiene el cuadro anexo y la información de la población electoral publicada en la página web de la RENIEC pudiendo fijar una asignación adicional del 30%; Que, del mismo modo, establece en su artículo 5º que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fi jado por los respectivos Concejos Municipales, por sesión efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, en ningún caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde correspondiente; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 026-2007 se fi jó la remuneración del Alcalde y la dieta de los Regidores para el ejercicio 2007 – 2010; Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, artículo 9º inciso 28; con el voto por unanimidad de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 026-07, en consecuencia, FIJAR el ingreso mensual del Alcalde de la Municipalidad de Chaclacayo en la suma de S/. 5,000.00 (Cinco mil y 00/100 nuevos soles), y la dieta de los Regidores en la suma de S/. 750.00 (setecientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) por asistencia efectiva a cada sesión, por un máximo de dos sesiones pagadas por mes. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 602205-1 Designan funcionarios responsables de brindar información y de la elaboración y actualización del portal de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0053-11 Chaclacayo, 17 de enero del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, - Ley Nº 27806, es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar a los funcionarios responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, asimismo el artículo 4º de la referida norma establece que la designación se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en este sentido, es necesario designar a los funcionarios quienes deben cumplir las funciones que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su reglamento y sus modifi catorias; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones que confi ere la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a JULIO VELEZMORO PINTO, como Funcionario Responsable de proporcionar la información a que se refi ere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.