Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2011 (24/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

437539

VISTA, la solicitud de registro Nº 2009-002606, presentada por la empresa RADIO MORDAZA S.A.C., sobre renovacion de autorizacion para continuar operando una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03 del 28 de agosto de 2006, por mandato expreso de la Ley Nº 28853, se otorgo a la empresa RADIO MORDAZA E.I.R.L. (ahora RADIO MORDAZA S.A.C.), entre otras, la renovacion de la autorizacion para que continue operando una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Arequipa. El plazo otorgado vencio el 07 de agosto de 2007; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se actualizo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ MORDAZA, donde se consiga que el plazo para la atencion del procedimiento de renovacion de las autorizaciones del servicio de radiodifusion es de ciento veinte dias (120), y este se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo; Que, por Resolucion Directoral Nº 1252-2009-MTC/28, se denego la solicitud de renovacion de autorizacion presentada por la empresa RADIO MORDAZA S.A.C., mediante escrito de registro Nº 2009-002606. Sin embargo, en virtud a lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 035-2009MTC, dicha resolucion se dejo sin efecto y se dispuso la continuacion del tramite del procedimiento de renovacion de autorizacion, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucion Viceministerial Nº 618-2009-MTC/03, notificada el 09 de diciembre de 2009; Que, mediante Memorando Nº 2810-2010-MTC/29, del 13 de agosto de 2010, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones remite el Informe Nº 3668-2010-MTC/29.02, del 14 de MORDAZA de 2010, mediante el cual la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada a la mencionada estacion el dia 28 de MORDAZA de 2010, concluyendo que opera con las caracteristicas tecnicas autorizadas y que la programacion escuchada esta acorde con el proyecto de comunicacion, por lo que se desprende que la inspeccion tecnica es favorable; Que, se ha verificado que la empresa RADIO MORDAZA S.A.C., sus accionistas, gerente y representante legal no se encuentran comprendidos en alguna de las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la renovacion de la autorizacion solicitada, segun declaraciones juradas presentadas, las mismas que se encuentran sujetas a fiscalizacion posterior; y que cumple con su proyecto de comunicacion. Asimismo, se ha verificado que la citada empresa ha remitido los requisitos establecidos en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio MORDAZA, para que proceda la renovacion de la autorizacion; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM), para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 032-2005-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 221-2006-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada MORDAZA, se incluye al distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 3753-2010MTC/28, considera que procede otorgar a la empresa

RADIO MORDAZA S.A.C., la renovacion de la Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, en el extremo que renovo la autorizacion que le fue otorgada para continuar operando una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para la renovacion de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, modificado por Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO MORDAZA S.A.C., la renovacion de la Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, en el extremo que renovo la autorizacion para que la citada empresa continue prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad MORDAZA, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 4562006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 07 de agosto de 2017. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

605144-1

Aprueban transferencia de autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 1046-2001MTC/15.03 a favor de la Asociacion Ministerio La Luz
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 0082-2011-MTC/03
MORDAZA, 20 de enero de 2011 VISTA, la solicitud de registro Nº 2010-037398, del 15 de setiembre de 2010, presentada por Asociacion NCN, sobre aprobacion de transferencia de autorizacion a favor de la Asociacion MINISTERIO LA LUZ; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Viceministerial Nº 1046-2001MTC/15.03, del 13 de diciembre del 2001, publicada el 25 de diciembre del 2001, se otorgo autorizacion

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