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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de febrero de 2011 437542 de un procedimiento de renovación de autorización del servicio de radiodifusión, es de 120 días hábiles, y se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo; Que, habiendo transcurrido el plazo máximo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, la solicitud de renovación presentada por la EMPRESA RADIODIFUSORA ESTACION R.M. S.R.LTDA., ha quedado aprobada por declaración fi cta al 24 de junio del 2009, en aplicación del silencio administrativo positivo; Que, sin perjuicio de lo señalado en el considerando precedente, se ha verifi cado que la autorización otorgada a la EMPRESA RADIODIFUSORA ESTACION R.M. S.R.LTDA., mediante Resolución Ministerial Nº 511-95- MTC/15.17, cumple con las condiciones y requisitos señalados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento, para que opere la renovación; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión concordado con el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, el artículo 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización otorgada, en el caso materia de la presente resolución la solicitud de renovación fue presentada, cuando su autorización se encontraba extinta, sin embargo esto fue subsanado con la dación de la Resolución Viceministerial Nº 035-2008-MTC/03 del 14 de enero del 2008, que se resuelve, restituir la vigencia de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 511-95-MTC/15.17, en aplicación a lo dispuesto por la Ley Nº 28853, y en virtud a ello se continúa con el procedimiento de renovación solicitado; Que, el artículo 69º del antes mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovación de las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión; en tanto que el artículo 71º y la Cuarta Disposición Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovación solicitada; Que, mediante Informes Nºs 075-2008-MTC/29.02 y 6293- 2008-MTC/29.02, del 11 de febrero y 15 de diciembre de 2008, que dan cuenta de las inspecciones técnicas de fechas 31 de enero y 11 de noviembre del 2008, respectivamente, se señala que la estación se encuentra técnicamente apta para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada en la localidad de Tacna; Que, con Resolución Viceministerial Nº 084-2004-MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nºs 084-2008- MTC/03; ratifi cada por Resolución Viceministerial Nº 746-2008- MTC/03, y modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nºs 120-2009-MTC/03 y 233-2010-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM), para las distintas localidades del departamento de Tacna, entre las cuales se encuentra la localidad de Tacna, la cual comprende el distrito y provincia de Tacna, del departamento de Tacna; Que, mediante Informe Nº 4277-2010-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que habiendo operado el silencio administrativo positivo con lo cual quedó aprobada la renovación de la autorización otorgada a la EMPRESA RADIODIFUSORA ESTACION R.M. S.R.LTDA. para la prestación del servicio de servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Tacna, departamento de Tacna, debe procederse a expedir la Resolución Viceministerial declarando aprobada la citada renovación, habiéndose verifi cado a su vez, el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en los artículos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, demás normas complementarias y conexas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC/03; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 24 de junio del 2009, por aplicación del silencio administrativo positivo, la renovación de la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 511-95-MTC/15.17 a la EMPRESA RADIODIFUSORA ESTACION R.M. S.R.LTDA., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad Tacna, departamento de Tacna; Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se declara aprobada por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia señalado en la Resolución Ministerial Nº 511-95-MTC/15.17, en consecuencia, vencerá el 25 de junio del 2011. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados. Artículo 4º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 605164-1 Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en OM y FM en localidades de los departamentos de Cusco y La Libertad RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0084-2011-MTC/03 Lima, 20 de enero de 2011 VISTO, el Escrito con Registro Nº 077103, presentado por la señora MARGOT ESPINOZA OLIVARES sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Sicuani – Espinar – Urcos – Marcapata – Camanti, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2851-2009- MTC/28, se aprobó las Bases del Concurso Público Nº 02-2009-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Onda Media (OM) en la localidad de Sicuani – Espinar – Urcos – Marcapata – Camanti, departamento de Cusco; Que, con fechas del 8 al 10 de febrero de 2010, se llevó a cabo la presentación de los Sobres Nºs. 1 y 2 en la sede central del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y con fecha 19 de marzo se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nºs. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 02-2009-MTC/28, para la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Sicuani – Espinar – Urcos – Marcapata – Camanti, departamento de Cusco, a la señora MARGOT