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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de febrero de 2011 437550 Que en tal sentido, considerando que la participación de la SUNAT en el citado evento internacional, se enmarca en el objetivo estratégico establecido por el gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial, así como de procurar la facilitación del comercio con los países que el Perú ha suscrito acuerdos internacionales, se ha estimado conveniente la participación del señor Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III y de la señorita Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III, ambos de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración, y del señor Rafael Constantino Ramos Villanueva, Profesional II de la División de Procesos Aduaneros de Despacho de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, en las Mesas de Reglas de Origen, de Cooperación Aduanera, de Acceso a Mercados de Bienes y de Procedimientos Aduaneros, respectivamente, de la citada Ronda de Negociaciones; Que el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los citados trabajadores, de acuerdo a las fechas indicadas en la parte resolutiva de la presente Resolución; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29626, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III y de la señorita Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III, ambos de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración, y del señor Rafael Constantino Ramos Villanueva, Profesional II de la División de Procesos Aduaneros de Despacho de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, del 27 de febrero al 3 de marzo, del 3 al 5 de marzo y del 27 de febrero al 5 de marzo de 2011, respectivamente, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2011 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jaime Américo Venero Muñiz Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 269,90 Viáticos US$ 800,00 Señorita Maritza Norma Urrutia Arenas Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 507,90 Viáticos US$ 400,00 Señor Rafael Constantino Ramos Villanueva Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 269,90 Viáticos US$ 1 200,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 606381-1 Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en reuniones en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 046-2011/SUNAT Lima, 23 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que mediante comunicación de fecha 24 de enero de 2011, la Asistente del Presidente del Sub-Comité de Procedimientos Aduaneros (SCCP, por sus siglas en inglés) de APEC, adjunta la carta de invitación del Presidente del SCCP, de fecha 20 de enero de 2011, para participar en la Primera Reunión del SCCP de APEC, a realizarse en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, del 3 al 5 de marzo de 2011; Que asimismo en dicha comunicación, se adjunta la carta de invitación del Asistente del Comisionado Interino de la Ofi cina de Asuntos Internacionales de la Aduana y Protección Fronteriza de los Estados Unidos de América, de fecha 20 de enero de 2011, para participar en la Reunión Conjunta del Grupo de Movilidad Empresarial (BMG, por sus siglas en inglés) y el SCCP de APEC, a realizarse en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, el 2 de marzo de 2011; Que el objetivo de la Reunión Conjunta es que los miembros de las comunidades de aduanas e inmigraciones se reúnan para compartir sus mejores prácticas y desarrollen medios prácticos por los cuales las agencias fronterizas puedan incrementar y fortalecer la coordinación; Que de otro lado, la Primera Reunión del SCCP de APEC permitirá a los participantes realizar el seguimiento de los temas tratados en la Segunda Reunión del SCCP de APEC 2010 y tomar parte en el desarrollo, debate y elaboración de documentos técnicos correspondientes a los puntos temáticos de la agenda de trabajo, relacionados con el Marco de Conectividad de la Cadena Logística, Comercio Transfronterizo, Facilidad para hacer Negocios, Operador Económico Autorizado, Recuperación Comercial, Derechos de Propiedad Intelectual, Ventanilla Única, entre otros; Que asimismo, la citada Reunión del SCCP de APEC permitirá a los participantes intervenir en el desarrollo, debate y elaboración de documentos técnicos para la implementación de las ocho prioridades identifi cadas por los Directores Generales de Aduanas de APEC en el 2010, que a continuación se señalan: 1) Respaldar el desarrollo de los programas del Operador Económico Autorizado y la promoción de los acuerdos de reconocimiento mutuo y esfuerzos de recuperación del comercio; 2) Respaldar el desarrollo de los sistemas de Ventanilla Única y el uso de las tecnologías modernas; 3) Incrementar la aplicación en frontera de los Derechos de Propiedad Intelectual; 4) Coordinar con otras agencias de frontera; 5) Estabilizar la implementación del Plan Colectivo de APEC; 6) Aumentar la cooperación con la Organización Mundial de Aduanas; 7) Aumentar la colaboración con los Bancos de Desarrollo Multilateral; y, 8) Contribuir con las negociaciones sobre la facilitación del comercio en la Organización Mundial del Comercio; Que las diversas actividades que viene desarrollando el SCCP, entre las que tenemos el Marco de Conectividad de la Cadena Logística, la Ventanilla Única, el Operador