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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de febrero de 2011 437551 Económico Autorizado, la Facilidad de Hacer Negocios y la Aplicación de los Derechos de Propiedad Intelectual en Frontera, no sólo están enmarcadas dentro de los objetivos institucionales de la SUNAT, sino que también el intercambio de experiencias permitirá promocionar la implementación de mejores prácticas y estándares internacionales en estos temas, que son importantes para la mejora del comercio transfronterizo y, por ende, para la mejora de la competitividad del país; Que al respecto, el Perú es una de las 21 economías miembro de APEC y ha venido participando activamente en las reuniones realizadas por dicho Foro en los últimos años; Que en tal sentido, considerando que las actividades que desarrolla el SCCP de APEC están enmarcadas en los objetivos institucionales de la SUNAT relacionados con la facilitación comercial, reducción del fraude aduanero, prevención y represión del contrabando y el tráfi co ilícito de mercancías, así como también importan acciones de promoción de importancia para el Perú, se ha estimado conveniente la participación del señor Miguel Armando Shulca Monge, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, y del señor Luis Oswaldo Dávila Perales, Profesional III de la División de Procesos Aduaneros de Despacho de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en los citados eventos internacionales, lo que posibilitará reforzar nuestra intervención en los mecanismos de cooperación y asistencia técnica, que permitan facilitar y asegurar el comercio internacional entre las economías miembro; Que el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que en consecuencia, siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los citados trabajadores, del 1 al 6 de marzo de 2011; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29626, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Miguel Armando Shulca Monge, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, y del señor Luis Oswaldo Dávila Perales, Profesional III de la División de Procesos Aduaneros de Despacho de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, del 1 al 6 de marzo de 2011, a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2011 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Miguel Armando Shulca Monge Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 385,90 Viáticos US$ 1 320,00 Señor Luis Oswaldo Dávila Perales Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 385,90 Viáticos US$ 1 320,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 606381-2 Aprueban Cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes y/o servicios del año 2011 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 047-2011/SUNAT Lima, 23 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° del Texto Único Actualizado (TUA) de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2001-PCM y normas modifi catorias, tal información deberá ser entregada a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), dentro de los últimos cinco (5) días hábiles del mes subsiguiente a aquél al que correspondan las adquisiciones, conforme al cronograma que ésta establezca mediante Resolución de Superintendencia; Que en virtud de lo señalado por el citado artículo, resulta necesario aprobar el cronograma para que las entidades del Sector Público Nacional cumplan con presentar la información correspondiente al año 2011; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y norma modificatoria, no se prepublica la presente Resolución por considerar que ello resulta innecesario toda vez que se limita a aprobar el cronograma que permitirá a determinadas entidades del Sector Público Nacional cumplir con la obligación pre establecida de proporcionar la información de sus adquisiciones del año 2011; Estando a lo dispuesto por el artículo 3° del TUA de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones aprobado por el Decreto Supremo N° 027- 2001-PCM y normas modifi catorias, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- CRONOGRAMA 2011 Las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional señaladas en el anexo que forma parte del Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público Nacional de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2001-PCM y normas modifi catorias, deberán entregar a la SUNAT la información que corresponda a las adquisiciones de bienes y/o servicios de enero a diciembre de 2011, de acuerdo al siguiente cronograma: