Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2011 (24/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2011

variacion de condiciones se produzca cerca de la fecha en que corresponde presentar una Declaracion Jurada periodica, a la que se hace referencia en el articulo 7º del presente procedimiento, el titular de la actividad quedara exceptuado de presentar esta MORDAZA declaracion, siempre que el inicio de operaciones o la variacion de condiciones declarada se produzca en las fechas senaladas en el siguiente cronograma:
Periodo en que se produce el inicio Declaracion Jurada Categoria de operaciones o la variacion de periodica exceptuada de condiciones MORDAZA Del 16 de noviembre al 31 de Enero diciembre Del 16 de febrero al 31 de marzo MORDAZA A Del 16 de MORDAZA al 30 de junio MORDAZA Del 16 de agosto al 30 de setiembre Octubre Del 1 de octubre al 31 de diciembre Enero B Del 1 de MORDAZA al 30 de junio MORDAZA C Del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre Enero

Contratistas a cargo de la Exploracion y/o Explotacion de Gas Natural." Articulo 5º.- Publicar la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en la pagina Web de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe). EXPOSICION DE MOTIVOS Teniendo en cuenta el crecimiento progresivo de las actividades relacionadas al sub sector hidrocarburos y con la finalidad de establecer mecanismos que permitan al OSINERGMIN obtener informacion oportuna respecto al cumplimiento del ordenamiento juridico vigente a fin de adoptar las acciones pertinentes, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS-CD se aprobo el Anexo 2 que regula el "Procedimiento de de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas". Posteriormente, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 223-2010-OS/CD de fecha 09 de setiembre de 2010 se dispuso la modificacion del Anexo Nº 2 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/ CD que aprobo el Procedimiento para la MORDAZA de Declaraciones Juradas (PDJ) de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas; asi como, la incorporacion de los Anexos Nºs. 3 y 4 a la misma. Sobre el particular, cabe precisar que en el Anexo 4º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD se MORDAZA el "Procedimiento para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Unidades Supervisadas bajo Responsabilidad de Empresas Contratistas a cargo de la Exploracion y/o Explotacion de Gas Natural", el cual tiene como finalidad difundir y promover el cumplimiento de las obligaciones aplicables a las referidas unidades supervisadas, respecto de la etapa operativa; asi como proveer de informacion a OSINERGMIN con la finalidad de que pueda implementar los mecanismos de supervision necesarios a efecto de contribuir con la labor de fiscalizacion de las referidas obligaciones. En dicha linea, considerando que la MORDAZA de Declaraciones Juradas promueve que los responsables de las unidades supervisadas efectuen inspecciones periodicas de sus instalaciones o unidades, segun corresponda, a efectos de asegurar que sus operaciones se realicen de acuerdo con las normas tecnicas y de seguridad establecidas en el ordenamiento juridico vigente; y que, los titulares de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural tambien se encuentran bajo el ambito de las labores de supervision del OSINERGMIN, se ha considerado pertinente ampliar el alcance del Anexo 4º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD para incluir a dichos agentes; y, de esta manera, difundir y promover el cumplimiento del MORDAZA normativo vigente aplicable a los mismos, asi como facilitar al OSINERGMIN el desarrollo de sus funciones de supervision y fiscalizacion. En ese orden de ideas, a efecto que se incorporen las disposiciones legales especificas aplicables a los titulares de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural, corresponde disponer la modificacion de los articulos 2º, 4º, 10º y 11º en el Anexo 4º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD. Sin perjuicio de lo MORDAZA senalado, debe precisarse que de la evaluacion de las primeras Declaraciones Juradas presentadas por las empresas contratistas a cargo de la Exploracion y/o Explotacion de Gas Natural; y, de los comentarios recibidos por los mismos en las capacitaciones organizadas por OSINERGMIN sobre el uso de la plataforma virtual implementada para la MORDAZA de las referidas declaraciones, se ha advertido la necesidad de incluir precisiones sobre la oportunidad de MORDAZA de las declaraciones juradas, asi como incluir una excepcion a la MORDAZA periodica de las Declaraciones Juradas, en el caso en que su MORDAZA se realice en fecha muy cercana a la MORDAZA de una Declaracion Jurada por inicio de operaciones o por variacion de condiciones; por tanto, a fin de regular dichas precisiones, debe disponerse la modificacion del articulo 7° asi como la incorporacion de una Tercera Disposicion Final y Transitoria en el Anexo 4º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/ CD. 606338-1

La MORDAZA de las posteriores declaraciones juradas debera realizarse considerando el calendario establecido en el articulo 7º del presente procedimiento. En los casos en que la variacion de condiciones se produzca en las fechas MORDAZA senaladas, la MORDAZA de la declaracion jurada por variacion de condiciones no solo comprendera la informacion desde el dia en que se produce la referida variacion hasta la fecha de MORDAZA de la Declaracion Jurada, inclusive, sino tambien la informacion de los dias transcurridos del periodo correspondiente a la declaracion jurada periodica materia de excepcion. En los casos en que se exceptue la MORDAZA de una Declaracion Jurada periodica, la MORDAZA de la siguiente Declaracion Jurada periodica debera incluir la informacion correspondiente al periodo comprendido entre la MORDAZA de la Declaracion Jurada por variacion de condiciones y la MORDAZA de la Declaracion Jurada periodica respectiva." Articulo 3º.- Disponer que los titulares de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural que se encuentren en operacion a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA, deberan realizar la primera MORDAZA de la informacion sobre el cumplimiento de la normativa legal, tecnica y de seguridad aplicable a sus instalaciones, dentro de los primeros quince (15) dias calendario de los meses senalados en el siguiente cronograma:
Mes de MORDAZA de la primera Declaracion Jurada MORDAZA de 2011 MORDAZA de 2011 Enero de 2012 Periodo objeto de declaracion De enero a marzo de 2011 De enero a junio de 2011 De enero a diciembre de 2011

Categoria A B C

La MORDAZA de las posteriores declaraciones juradas debera realizarse considerando el calendario establecido en el articulo 7º del "Procedimiento para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a los responsables de Plantas de Procesamiento de Gas Natural y a las Unidades Supervisadas bajo Responsabilidad de Empresas Contratistas a cargo de la Exploracion y/o Explotacion de Gas Natural". Articulo 4º.- Disponer que los responsables de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural que inicien sus operaciones luego de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA deberan presentar la informacion sobre el cumplimiento de la normativa legal, tecnica y de seguridad aplicable a sus instalaciones correspondiente a las Categorias A, B y C, dentro de los primeros quince (15) dias calendario de haber iniciado dichas operaciones. En este caso, el periodo objeto de la Declaracion Jurada comprendera desde el dia en que se inicia operaciones hasta la fecha de MORDAZA de la Declaracion Jurada de cumplimiento de las obligaciones bajo el ambito de supervision de OSINERGMIN, inclusive. La MORDAZA de las declaraciones juradas posteriores, debera realizarse considerando el calendario establecido en el articulo 7º del presente "Procedimiento para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a los responsables de Plantas de Procesamiento de Gas Natural y a las Unidades Supervisadas bajo Responsabilidad de Empresas

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