Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2011 (24/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregacion de los agregados. Bermas laterales.- las bermas laterales deberan construirse, con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada. Articulo Tercero.- DISPONER que el pago del deficit de los aportes reglamentarios de Renovacion MORDAZA el lote unico queda diferido hasta la Recepcion de Obra quedando el lote unico como garantia de pago de conformidad con el Articulo 10° de la Ordenanza 836-MML. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion de Sub Gerencia en el diario oficial "El Peruano", en el plazo de 30 dias calendarios de notificados, por cuenta los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos para los efectos de la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA, a la Municipalidad Metropolitana de Lima; SERPAR-LIMA EMILIMA y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YAFAC MORDAZA Sub-Gerente de Planificacion MORDAZA y Catastro

disponer una prorroga del termino de la vigencia de los beneficios establecidos; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo.- PRORROGAR hasta el 28 de Febrero del 2011, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 0223-MDI que aprobo la ampliacion de vigencia de los Beneficios Tributarios y No Tributarios. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico y Subgerencia de Imagen Institucional. Articulo Tercero.- El presente decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Autorizan a Procurador Publico Municipal la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad en procesos en los que esta MORDAZA parte
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005
San MORDAZA de Lurigancho, 01 de febrero del 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto en la Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que la representacion y defensa de los intereses de las municipalidades en juicio, se ejercitan a traves del organo de defensa judicial, conforme a ley, el cual esta a cargo de procuradores publicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, en adicion a ello, el Articulo 9º, numeral 23, de la senalada Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribucion del Concejo Municipal autorizar al procurador publico municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de control interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; asi como en los demas procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 074, de fecha 27/01/2011, se designo al Abogado Jhon MORDAZA MORDAZA Tantalean como Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, estableciendose en su articulo tercero que se de cuenta al Concejo Municipal respecto a la designacion senalada, a fin que se autorice la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho en todos los procesos que esta MORDAZA parte; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA Mayoritario del pleno del Concejo, y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del acta;

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 0223-MDI que aprobo la ampliacion de la vigencia de Beneficios Tributarios y No Tributarios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2011-MDI
Independencia, 15 de Febrero del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; Visto, el Informe Nº 029-2011-GR/MDI, de fecha 14 de Febrero del 2011, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 057-2011-GAL/MDI, emitido por la Gerencia de Asesoria Legal y el Memorando Nº 158-2011-GM/MDI, emitido por la Gerencia Municipal y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 0223-MDI, se aprobo la ampliacion de la vigencia de los Beneficios Tributarios y No Tributarios en la jurisdiccion del Distrito de Independencia hasta el 15 de Febrero del presente ejercicio fiscal; y en cuyo tercer articulo faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias, asi como las ampliaciones de vigencia. Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en efecto senala que los decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, establecen los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario. Que, la Gerencia de Rentas ha recepcionado solicitudes de un considerable numero de contribuyentes y administrados que han optado en los referidos beneficios por regularizar el estado de sus obligaciones administrativas y tributarias, y siendo que en dicho plazo otorgado no lograron gozar de los beneficios otorgados la totalidad de deudores, por lo que resulta necesario

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