Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2011 (27/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

437907

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera y MORDAZA cuota de Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2011-MPL
Pueblo Libre, 25 de febrero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 356-MPL publicada el 01 de febrero de 2011, se establecio el cronograma de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2011; Que, conforme lo establece la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 356-MPL, se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto pueda modificar las fechas de vencimiento establecidas en la referida Ordenanza. Que, resulta necesario prorrogar el plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial, asi como de la primera y MORDAZA cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al presente ejercicio; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972: DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGUESE hasta el 31 de marzo de 2011 la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera y MORDAZA cuota de Arbitrios Municipales del ejercicio 2011. Articulo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus modificatorias, en su MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, y en su Articulo 41º sobre Condonacion, dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, los Articulos 14º y 15º del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal, establece los plazos para presentar las declaraciones juradas y efectuar el pago del pago al contado y/o de forma fraccionada, pudiendo el Municipio establecer una prorroga; Que, la Ordenanza N° 000186-2011-MDSJM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de febrero del 2011, en su Articulo 1° dispuso establecer como fechas de vencimiento para el pago al contado y de la 1ra. cuota del pago Fraccionado del Impuesto Predial del ejercicio 2011, el dia 28 de febrero de 2011, asi como tambien, en su MORDAZA Disposicion Final, faculto al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la implementacion de lo establecido, asi como para establecer su prorrogar, de ser necesario; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, Articulos 20°, 39° y 42, asi como lo dispuesto en la Ordenanza N° 000186-2011MDSJM MORDAZA Disposicion Final, DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2011, el plazo para el pago al contado y de la primera cuota en caso de pago fraccionado, del Impuesto Predial 2011. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia de Informatica y Estadisticas su implementacion, a la Gerencia de Secretaria General su publicacion y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

607614-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo para el pago al contado y de la primera cuota en caso de pago fraccionado del Impuesto Predial 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2011-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 25 de febrero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe N° 017-2011-GR/MDSJM, de fecha 24 de febrero de 2011, por el cual la Gerencia de Rentas propone la prorroga de la fecha de vencimiento para el pago al contado y de la 1ra. Cuota del Pago Fraccionado del Impuesto Predial, del ejercicio 2011,

607631-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan fecha de vencimiento para pago de las primeras cuotas del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2011-MDS Surquillo, 25 de febrero de 2011. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: VISTO, el Informe Nº 016-GR-MDS, de fecha 22 de febrero de 2011, emitido por la Gerencia de Rentas, el

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