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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de febrero de 2011 437904 en el eje más importante en el proceso de formulación del Plan Regional de Población. Que, el Plan Regional de Población afi rma una visión al año 2021 en el que las tendencias y los cambios poblacionales se expresan en los procesos de planifi cación regional, provincial y local, convirtiéndose en un instrumento para lograr el desarrollo humano de la población departamental y de los treinta y ocho distritos que lo conforman. El objetivo general coincide con el Plan Nacional de Población, si bien ampliando el tratamiento de las desigualdades; y, en cuanto a los objetivos específi cos, el Plan Regional de Población establece los siguientes: 1) Aprovechar el actual ciclo de crecimiento económico para mejorar sensiblemente los índices de desarrollo humano; 2) Reconocer la importancia de la juventud y traducirla en políticas en favor de los jóvenes; 3) Aprovechar la oportunidad que brinda el bono demográfi co en la próxima década, respondiendo al reto de priorizar la inversión en capital humano; 4) Atender los retos de la población migrante a las ciudades; 5) Atender las necesidades de los centros poblados alejados, ubicados en la costa y sierra de Lambayeque, caracterizadas por una gran dispersión geográfi ca y poblacional; 6) Promover e impulsar el ejercicio libre, responsable e informado de los derechos de las personas, particularmente de los derechos sexuales y reproductivos; 7) Analizar y proponer políticas y programas de atención para las personas adultas mayores; y, 8) Reconocer la existencia de una diversidad cultural y étnica en Lambayeque y la situación de pobreza, exclusión y marginación de los pueblos originarios muchik y quechua. Que, el Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA, tiene como objetivo contribuir a mejorar la calidad de vida de la población y; correlativamente, a alcanzar la meta universalmente aceptada de estabilizar la población mundial, marco dentro del cual se ha desarrollado la fructífera cooperación de la UNFPA con el Gobierno Regional de Lambayeque desde el año 2007, con el apoyo a la consultoría y actividades relacionadas con la formulación del Plan Regional de Población Lambayeque 2011 – 2021. Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente; Artículo Primero.- APRUÉBASE el Plan Regional de Población 2011-2021, formulado y aprobado por el Grupo Impulsor en Políticas de Población, promovido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lambayeque, con el apoyo del Programa del Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA, que servirá de base para los planes estratégicos de desarrollo regional, local y sectorial, además de servir de referencia para los planes operativos de las instituciones públicas regionales, el mismo que forma parte integrante de la presente disposición regional. Artículo Segundo.- CONSTITÚYASE el Grupo Impulsor en Políticas de Población, como espacio de participación Estado, Sociedad y Empresa, así como para la promoción, seguimiento y evaluación de las políticas de población contenidas en el Plan Regional de Población 2011-2021, el cual designará una Comisión Técnica especializada encargada de proveer información de los sectores, así como también se designará una Secretaría Ejecutiva como ente dinamizador del Grupo Impulsor, el mismo que estará integrado por: • Un representante del Gobierno Regional de Lambayeque; • Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social; • Un representante de la Dirección Regional de Educación; • Un representante de la Dirección Regional de Salud; • Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; • Un representante de la Dirección Regional de Agricultura; • Un representante de la Municipalidad Provincial de Chiclayo; • Un representante de la Municipalidad Provincial de Lambayeque; • Un representante de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe; • Un representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática de Lambayeque – INEI; • Un representante de la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque; • Un representante de la Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo” de Lambayeque • Un representante de la Universidad “Señor de Sipán”; • Un representante de la Universidad Católica “Santo Toribio de Mogrovejo”; • Un representante de la Asamblea de Delegados de las Organizaciones de la Sociedad Civil de Lambayeque – ADOSCIL; • Un representante de la Junta de Administración de Riego del Valle Chancay – Lambayeque; • Un representante de la Federación de Comunidades Campesinas de Lambayeque; • Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales de Lambayeque; • Un representante de las Organizaciones Juveniles de Lambayeque; • Un representante de las Organizaciones del Adulto Mayor de Lambayeque; • Un representante de las Organizaciones de Mujeres de Lambayeque; • Un representante de las Organizaciones de Discapacitados; • Un representante de la Federación de Pueblos Jóvenes de Lambayeque; • Un representante de los Gremios Sindicales. Artículo Tercero.- El Grupo Impulsor en Políticas de Población tendrá las siguientes funciones: • La implementación, seguimiento y evaluación del Plan Regional de Población 2010 – 2021. • La aprobación de los planes de acción, con indicación de las metas anuales y las asignaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento al Plan Regional de Población 2010-2021. • La adopción de medidas correctivas necesarias para garantizar la ejecución del Plan Regional de Población 2010-2021, así como el cumplimiento de las metas y objetivos propuestos. • Designar y delegar las funciones que se consideren apropiadas a la Comisión Técnica y a la Secretaría Ejecutiva. Artículo Cuarto.- La designación de los miembros de la Comisión Técnica será formalizada mediante Resolución Ejecutiva Regional dentro del plazo de sesenta (60) días naturales contados a partir de la fecha de publicación de la presente ordenanza regional. Artículo Quinto.- El fi nanciamiento del Plan Regional de Población 2010-2021 será a través de las partidas tramitadas por la Gerencia Regional de Desarrollo Social en base a convenios con el Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA y otras entidades de cooperación. Mando se publique, registre y cumpla. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 607597-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan fecha de vencimiento del pago del impuesto predial y arbitrios año 2011 y de beneficios tributarios diversos ORDENANZA Nº 326-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25.02.11; visto el Informe Nº 12-2011-GAT/MC de fecha 16.02.11 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 194-2011-GAJ-MDC de fecha 22.02.11 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, referente al Proyecto de Ordenanza que prorroga la fecha del vencimiento del Pago del Impuesto Predial y Arbitrios