Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2011 (08/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Convenio Internacional sobre Normas de Formacion, Titulacion y MORDAZA para la Gente de Mar, 1978. 3.- Publicar en el MORDAZA de la pagina Web de la Autoridad Maritima www.dicapi.mil.pe la presente Resolucion Directoral y su anexo "A". 4. La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion oficial en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA MORDAZA MERA Director General de Capitanias y Guardacostas 661750-1

Aprueban Perfiles de Competencias para Personal de Patrones y de Motoristas de Pesca asi como los Cursos Modelo Autoridad Maritima y sus mallas curriculares
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 305-2011/DCG 6 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2010-DE, de fecha 08 MORDAZA 2010, se modifico el Capitulo II de la Parte "E" del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, correspondiente a la Clasificacion, Facultades, Responsabilidades y Equivalencias del Personal de Pesca; aprobado por Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha 25 MORDAZA 2001; Que, el articulo A-010501, numeral (16) del citado Reglamento establece como funcion de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, coordinar y controlar la formacion profesional, capacitacion, entrenamiento y examenes del Personal de la MORDAZA Mercante, Pesca y Nautica Recreativa y otras actividades acuaticas, asi como el registro y expedicion de los titulos y documentacion correspondiente; Que, se ha evidenciado que el actual nivel de competencias del personal de pesca es insuficiente para la conduccion y labor a bordo de embarcaciones de pesca, resultando que por impericia y MORDAZA humana han ocurrido siniestros y accidentes personales a bordo de embarcaciones pesqueras; Que, en ese sentido es necesario elevar los niveles de competencia del personal de pesca, a partir de una mejora en su formacion en seguridad de la navegacion y seguridad en las operaciones, para proteger la MORDAZA humana en el mar, prevenir la contaminacion y la ocurrencia de actividades ilicitas; Que, asimismo es necesario elevar la capacidad de dicho personal para la gestion abordo, su conciencia social, su etica y responsabilidad ambiental, con la finalidad de reducir los indices de siniestralidad de embarcaciones y accidentes de personal abordo causados por MORDAZA humana; lo cual redundara en la reduccion del numero de casos de busqueda y salvamento, contaminacion MORDAZA, pesca ilegal, depredacion, y perdida de vidas humanas; Que, los articulos E-020203, E-020204 y 020205 del citado Reglamento, disponen que el Personal de Pesca de Patrones, Motoristas y Marineros, deben aprobar los Cursos Modelo de la Autoridad Maritima, para alcanzar la categoria, asi como los Cursos de Actualizacion para los Patrones de Pesca y Cursos de Especializacion y Avanzado de Motores para los Motoristas de Pesca. Que, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones MORDAZA indicadas, se han desarrollado los respectivos perfiles de competencia del personal de pesca, que incluyen aspectos tecnicos de seguridad de la MORDAZA humana en el mar y prevencion de la contaminacion marina; asi

como, aspectos humanisticos que son necesarios para su formacion como personal de pesca; Que, en base a los citados perfiles de competencias se han desarrollado Cursos Modelo Autoridad Maritima (MAM) con sus respectivas estructuras tematicas y mallas curriculares, asi como los Cursos de Actualizacion para los Patrones de Pesca y Cursos de Especializacion y Avanzado de Motores para los Motoristas de Pesca, con la finalidad de que el personal de pesca alcance las competencias requeridas en cada una de las diferentes categorias que puede ostentar; constituyendo un requisito para el ascenso del personal de pesca en sus diferentes categorias, conforme lo establece el Reglamento de la Ley Nº 26620; De conformidad con lo evaluado por el Jefe del Departamento de Personal Acuatico, a lo opinado por el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, el Director de Asuntos Internacionales, Planeamiento y Normativa, y a lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuaticas; SE RESUELVE: 1.- Aprobar los Perfiles de Competencias para Personal de Patrones de Pesca en sus diferentes categorias que se detallan en el Anexo "A" como parte integrante de la presente Resolucion Directoral. 2.- Aprobar los Perfiles de Competencias para Personal de Motoristas de Pesca en sus diferentes categorias que se detallan en el Anexo "B" como parte integrante de la presente Resolucion Directoral. 3.- Aprobar los Cursos Modelo Autoridad Maritima (Curso MAM) y sus respectivas mallas curriculares por categoria de personal de pesca, asi como los Cursos de Actualizacion para los Patrones de Pesca y Cursos de Especializacion y Avanzado de Motores para los Motoristas de Pesca, conforme se indica en el Anexo "C" como parte integrante de la presente Resolucion Directoral. 4.- Los Centros de Instruccion Acuatica reconocidos por la Autoridad Maritima podran ser autorizados mediante Resolucion Directoral a dictar los Cursos Modelo Autoridad Maritima (Cursos MAM), Cursos de Actualizacion para los Patrones de Pesca y Cursos de Especializacion y Avanzado de Motores para los Motoristas de Pesca, previa auditoria de gestion que demuestre la adecuada implementacion de los citados cursos, para lo cual dichos centros deberan dar cumplimiento a la normativa vigente. 5.- Establecer un periodo de transicion de TRESCIENTOS SESENTA (360) dias calendario, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral, para que el personal de pesca existente efectue los Cursos Modelo Autoridad Maritima, Cursos de Actualizacion para los Patrones de Pesca y Cursos de Especializacion y Avanzado de Motores para los Motoristas de Pesca correspondientes a su categoria. Posteriormente dichos cursos seran aplicables como parte de los requisitos, para el ascenso del personal, refrenda y revalidacion de titulos, libretas de embarco y carnes de personal de pesca. 6.- El contenido de las mallas curriculares de los Cursos Modelo Autoridad Maritima (MAM), Cursos de Actualizacion para los Patrones de Pesca y Cursos de Especializacion y Avanzado de Motores para los Motoristas de Pesca, podran ser actualizado mediante Resolucion Directoral de acuerdo al desarrollo Tecnologico y Educativo vigente. 7.- Publicar en el MORDAZA Electronico de la Autoridad Maritima Nacional http://www.dicapi.mil.pe los anexos de la presente Resolucion Directoral, los cuales seran publicados en dicho MORDAZA, en la misma fecha de su publicacion oficial. 8.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su Publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA MORDAZA MERA Director General de Capitanias y Guardacostas 661750-2

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