Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2011 (08/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2011

General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 21 de enero del 2012 21 de enero del 2014 21 de enero del 2015 21 de enero del 2015

MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 21 de enero del 2013

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una poliza de seguros MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa CITV PERU MOVIL SAC, a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Setimo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa CITV PERU MOVIL SAC, los gastos que origine su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 661191-1

mediante el Expediente con Reg. SII. Nº 2011-0009245 de fecha 08 de junio de 2011; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, de la revision del expediente se advierte que La Escuela cumple con implementar el programa de estudios para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir de la clase A, categoria I, conteniendo los cursos que se dictaran, propuesta de horarios, numero de horas asignadas a cada modulo, los instructores responsables de impartir dichos cursos y los locales, que estos dos ultimos se encuentran autorizados para impartir cursos asignados, por medio de la Resolucion Directoral Nº 3485-2010-MTC/15 del 10 de diciembre del 2010, asimismo, de conformidad con lo establecido en los literales e) y j) del articulo 51º de El Reglamento, poseen vehiculos de la clasificacion M-1, y un simulador de manejo, con los que dictaran simultaneamente las practicas de los cursos, en ese sentido, es preciso que se incorpore las caracteristicas, como a continuacion se detalla: Caracteristicas del simulador de manejo Marca: LOGITECH Modelo: G-27 Nº de Serie: 941-000045 Nº de Factura: 000185 Software: Logitech profiler version 5.05 Viene con 6 botones de control programable, tacometro digital F1 en el MORDAZA, pedal del acelerador para maniobras reales de punta y taco, pedales deslizables horizontalmente, palanca de cambios, MORDAZA con MORDAZA sistema de engranajes helicoidal, y palanca de cambios del timon. Uso: Clase A categoria I. Que, estando a lo opinado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 254-2011-MTC/15.03.EC.ogq, se procede a emitir el acto administrativo correspondiente, y; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES PERUVIAL S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en el local con direccion en Av. La MORDAZA 3921, Distrito de La Perla-Callao y en su circuito de manejo ubicado en la Mz. 281 Lt. 1 MORDAZA MORDAZA Mar ­ Asociacion de Posesionarios y Residentes Villas de Ancon (APREVIA) Distrito de AnconLima, con los vehiculos de placas de rodaje Nºs. CGX-879 y TIB-217, clasificacion M-1 autorizados en la Resolucion Directoral Nº 3485-2010-MTC/15 del 10 de diciembre del 2010, conjuntamente con el simulador de manejo que se detalla a continuacion:

Autorizan a la Escuela de Conductores Profesionales Peruvial S.A.C. para impartir cursos de capacitacion en local ubicado en el distrito de La MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2157-2011-MTC/15 MORDAZA, 13 de junio de 2011 VISTOS: El Parte Diario Nº 045833 y el expediente con Reg. SII. Nº 2011-0009245, presentados por la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES PERUVIAL S.A.C., solicitando autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3485-2010MTC/15, de fecha 10 de diciembre de 2010, se otorgo autorizacion a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES PERUVIAL S.A.C., en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de Lima; con un horario de atencion de lunes a MORDAZA de 8:00 a.m. a 10:45 p.m.; Que, mediante los documentos indicados en Vistos, La Escuela solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, peticion que fuera observada por esta Administracion segun Oficio Nº 4724-2011MTC/15.03 notificado el 27 de MORDAZA del 2011, y subsanada

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