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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de julio de 2011 446031 Nuevo Imperial, ubicada en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, constituida mediante Contratos de Servidumbre de fechas 17 de diciembre de 2009 y 20 de diciembre de 2010, esta última modifi cada con fecha 23 de diciembre de 2010, en los términos y condiciones estipulados en los mismos, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario 11213910 CH Nuevo Imperial: bocatoma, casa de máquinas y tubería de presión Servidumbres permanentes de obras hidroeléctricas y de ocupación - Área 1 - Área 2 - Área 3 Área: 7 006,00 m2 Área: 1 780,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8554367.3282 359698.7000 B 8554212.5752 359957.3187 C 8554208.1445 359953.0381 D 8554357.7410 359703.0367 E 8554363.3800 359700.1700 Área: 2 872,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 554 183,3360 359 951,0747 B 8 554 237,0000 360 003,7300 C 8 554 245,2000 360 013,8200 D 8 554 233,8000 360 038,4700 B 8 554 199,2500 360 009,0200 C 8 554 174,5800 359 990,5300 D 8 554 156,0614 359 991,1265 Área: 5 238,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 555 107,1277 358 337,2726 B 8 555 160,2873 358 372,4776 C 8 555 132,2100 358 420,6900 D 8 555 078,9600 358 512,1100 E 8 555 068,4000 358 501,3200 F 8 555 060,3200 358 490,0100 G 8 555 083,0700 358 460,9200 H 8 555 091,6500 358 443,5600 I 8 555 097,6100 358 424,6100 J 8 555 109,2400 358 393,7300 K 8 555 109,0400 358 381,7300 L 8 555 105,3200 358 351,9600 Particular Particular Particular Artículo 3º.- RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables (RER) de la que es titular Hidrocañete S.A., la servidumbre convencional temporal para la construcción de la tubería de presión de la Central Hidroeléctrica Nuevo Imperial, ubicada en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 20 de diciembre de 2010, modifi cada con fecha 23 de diciembre de 2010, en los términos y condiciones estipulados en los mismos, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario 11213910 Servidumbre temporal de acueducto (3 años): Área: 5 779,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 554 340.2287 359 709.9064 B 8 554 342.4500 359 709.5900 C 8 554 355.0200 359 704.4200 D 8 554 363.3800 359 700.1700 E 8 554 369.4500 359 697.9100 F 8 554 369.8400 359 698.2000 G 8 554 267.2800 359 870.9200 H 8 554 267.3825 359 871.5688 I 8 554 214.7905 359 959.4590 J 8 554 199.6523 359 944.8335 Particular Artículo 4º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 5º.- Hidrocañete S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n de que las áreas de servidumbres no sufran daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 6º.- Hidrocañete S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en las áreas afectadas por las servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 7º.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolución no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Artículo 8°.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el tercer artículo, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 9º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 661729-1 JUSTICIA Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora de Sistema Administrativo II del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0125-2011-JUS Lima, 5 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0274- 2010-JUS se designó a la señorita abogada Inés Lidia Linares Vidal, como Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia; Que, dicha profesional ha formulado renuncia al cargo para el que fue designada, la cual corresponde aceptar; Que, resulta pertinente encargar el cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita abogada Inés Lidia Linares Vidal, como Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a la señora María Elena Rodríguez Dueñas, el cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 662259-1