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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2011 (10/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de julio de 2011 446208 relación fi gura en el Anexo 1 de la indicada Resolución Ministerial; Que, la Dirección General de Salud de las Personas, comunica a través del documento del visto, la existencia de un error material en la denominación de uno de los Establecimientos de Salud del Gobierno Regional del Callao mencionados en el Anexo 1 antes referido, el cual debe ser corregido; Que, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en virtud a lo expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo por el cual se proceda a la rectifi cación del error material advertido; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectifi car, con efi cacia anticipada al 11 de mayo de 2011, el Anexo 1 “Establecimientos de Salud que han alcanzado resultados superiores al 60% en la tercera medición de los Estándares de Desempeño del Primer Nivel de Atención”, de la Resolución Ministerial Nº 336-2011/MINSA, quedando redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 663136-1 Designan Jefe de la Oficina de Desarrollo Institucional de la Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana, de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 516-2011/MINSA Lima, 7 de julio de 2011 Visto el expediente N° 11-048949-001 que contiene el Ofi cio N° 2557-2011-DG/OEGDRRHH N°1190-DISA-IV- LE, del Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Ministerial N° 320-2011/ MINSA del 25 de abril de 2011, se aprobó la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud IV Lima Este y sus Órganos Desconcentrados: Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana y Hospital de Huaycán; Que mediante el Informe N° 088-2011-OPP-OARH/ MINSA, la Directora de la Ofi cina de Programación y Presupuesto de la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, manifi esta que la plaza de Jefe de la Ofi cina de Desarrollo Institucional, Nivel F-3, de la Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana, de la Dirección de Salud IV Lima Este, se encuentra debidamente fi nanciada; Que estando a lo solicitado mediante el documento de visto y por convenir al servicio resulta necesario designar al profesional propuesto; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al médico cirujano Luis Reynaldo Exebio Moya, en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Desarrollo Institucional, Nivel F-3, de la Dirección de Red de Salud Lima Este Metropolitana, de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 663136-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversos Gobiernos Locales Provinciales para la ejecución de proyectos correspondientes al PTRD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 466-2011-MTC/01 Lima, 4 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 613-2010-MTC/01 de fecha 28 de diciembre de 2010, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2011 del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual comprende entre otras unidades ejecutoras a Provías Descentralizado; Que, Provías Descentralizado mediante Memorando Nº 856-2011-MTC/21 e Informe Nº 030-2011-MTC/21.UGDI, solicita gestionar la Resolución Ministerial que permita realizar transferencias fi nancieras a nueve (09) Gobiernos Locales Provinciales con cargo a recursos provenientes del Convenio de Préstamo Nº 7423-PE y el Contrato de Préstamo Nº 1810/OC-PE, suscritos por la República del Perú con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, respectivamente, con los recursos de contrapartida nacional correspondientes, para fi nanciar el Programa de Transporte Rural Descentralizado – PTRD; Que, el objetivo general del PTRD es contribuir al desarrollo rural y a la superación de la pobreza rural del país, a través del acceso a bienes, servicios y oportunidades generadoras de ingreso, a la integración de la población rural y la reducción de los costos de transportes, dados por la mejora de la dotación y calidad de la provisión pública descentralizada de la infraestructura de transporte rural; Que, el Convenio de Préstamo y el Contrato de Préstamo antes mencionados, señalan que la ejecución del PTRD se lleva a cabo de conformidad con los términos y condiciones establecidas en dichos documentos, así como en el Manual de Operaciones del PTRD;