Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2011 (05/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de junio de 2011

de la Seguridad Social en Salud y su Reglamento, el Decreto Supremo N° 009-97-SA; Que, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido el Informe Previo Favorable para la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA; De conformidad con el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA Articulo 1.- Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud que consta de cinco (05) Titulos; seis (06) Capitulos; cuarenta (40) Articulos, tres (03) Disposiciones Complementarias; una (01) Disposicion Transitoria; y una (01) Disposicion Derogatoria, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Publicacion El presente Decreto Supremo, sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA, aprobado por el Articulo 1° del presente Decreto Supremo debera ser publicado en el MORDAZA del estado Peruano (www.peru. gob.pe), en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­SUNASA (www.sunasa.gob.pe), el mismo dia de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3.- Vigencia El Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA, aprobado por el presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el MORDAZA Institucional de la SUNASA (www. sunasa.gob.pe). Articulo 4.- Derogatoria Deroguese la Resolucion de Superintendencia N° 029-2001-SEPS/CD, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud-SEPS, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 5.- Cuadro Para la Asignacion de Personal La Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA, presentara para su aprobacion, en el plazo MORDAZA de 30 dias, el Cuadro Para la Asignacion de Personal de la entidad. Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 649360-4

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban normas de adecuacion al T-REGISTRO y PLAME
DECRETO SUPREMO N° 008-2011-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, es el organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo, el cual tiene competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, ejecutando, entre otras funciones, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales, en las materias socio-laborales, derechos fundamentales en el ambito laboral y de seguridad y salud en el trabajo; asimismo es el ente rector del Sistema Funcional de Inspeccion del Trabajo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2006-TR, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 018-2007TR, se establecieron disposiciones relativas al uso del documento denominado "Planilla Electronica"; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR, se efectuaron modificaciones al Decreto Supremo Nº 0182007-TR; Que, resulta necesario efectuar modificaciones a la legislacion laboral, a fin de adecuarla al contenido de la Planilla Electronica; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Postergacion de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR Posterguese hasta el 1 de agosto de 2011, la fecha de entrada en vigencia a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR. Sin perjuicio de lo senalado en el parrafo anterior, la implementacion del T-REGISTRO en el caso de los derechohabientes, asi como la utilizacion de la informacion del T-REGISTRO por parte de la SUNAT respecto a dichos sujetos, rigen desde el 1 de febrero de 2011. Articulo 2º.- Modificacion de la Primera y MORDAZA Disposiciones Complementarias Transitorias del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR Modifiquense la Primera y MORDAZA Disposiciones Complementarias Transitorias del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR, en los siguientes terminos: "Primera.- Del 1 de febrero al 31 de MORDAZA de 2011, el alta de los derechohabientes que comuniquen al empleador los trabajadores, pensionistas o prestadores de servicios a que se refieren el numeral iii) del literal d) del articulo 1° del Decreto Supremo N° 018-2007-TR, se efectuara dentro de los diez (10) primeros dias habiles del mes siguiente al del vencimiento del pago de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) correspondientes al periodo de incorporacion." "Segunda.- Para efectos de la implementacion del TREGISTRO respecto de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios referidos en los numerales ii) y iii) del literal d) del articulo 1° del Decreto Supremo N° 018-2007-TR, personal en formacion ­ Modalidades Formativas Laborales y otros, y personal de terceros, la SUNAT realizara un MORDAZA de carga inicial de informacion tomando como base la obtenida del PDT

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