Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2011 (08/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2011

ocupacion del territorio asi como su division politica en distritos, provincias y departamentos. Sin embargo, este MORDAZA no solo de caracterizo por el crecimiento acelerado y desordenado de las areas urbanas y rurales, si no tambien trajo consigo un fraccionamiento continuo en distritos y provincias y como consecuencia la division irracional del territorio; Que, asimismo, los conflictos actuales son producto de la imprecision y carencia de limites territoriales, que obedecen principalmente a la antiguedad de las creaciones politicas asi como a la falta o adecuacion de normas en la materia que precisen procedimientos, criterios, requisitos tecnicos y definiciones; Que, el literal g) del articulo 7 del Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2003PCM, establece que es competencia de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial proponer la aprobacion del Plan Nacional de Demarcacion Territorial; Que, resulta necesario que el Plan Nacional de Demarcacion Territorial tenga caracter prospectivo, a largo plazo y que vincule la focalizacion de las acciones de demarcacion territorial senalada en los planes de trabajo de los gobiernos regionales en demarcacion y organizacion territorial, con las politicas nacionales de desarrollo y los objetivos nacionales; Que, el 6 de MORDAZA de 2010 los representantes de diversas instituciones nacionales y regionales competentes en materia territorial suscribieron la "Declaracion de MORDAZA sobre Gestion Integrada del Territorio"; Que, en el MORDAZA de la referida Declaracion de MORDAZA, con fecha 30 de noviembre de 2010 los gobiernos regionales en coordinacion con la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial acordaron la conformacion de un grupo de trabajo para implementar una propuesta de Plan Nacional de Demarcacion Territorial al ano 2021, eligiendo a los coordinadores responsables de los gobiernos regionales por cada zona; Que, en este contexto, con fecha 3 de marzo de 2011 los coordinadores responsables del Grupo de Trabajo acordaron elaborar y desarrollar una propuesta de Plan Nacional de Demarcacion y Organizacion Territorial 2012 - 2021; De conformidad con el Decreto Ley N° 21292, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial y el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion y objeto del Grupo de Trabajo Constituyase el Grupo de Trabajo para la formulacion del Plan Nacional de Demarcacion y Organizacion Territorial 2012 - 2021 orientado a definir circunscripciones territoriales de nivel distrital, provincial y departamental que garanticen el ejercicio de gobierno y la administracion y faciliten la conformacion de regiones. Articulo 2º.- De la conformacion del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo estara conformado por: - El Director Nacional de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidira; - Un (1) coordinador de la MORDAZA Oriente (Loreto, San MORDAZA y Ucayali): representante del Gobierno Regional Ucayali; - Un (1) coordinador de la MORDAZA Norte (Amazonas, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes): representante del Gobierno Regional Lambayeque; - Un (1) coordinador de la MORDAZA Centro (Ancash, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA Provincias y Pasco): representante del Gobierno Regional Huancavelica; - Un (1) coordinador de la MORDAZA Sur (Apurimac, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tacna): representante del Gobierno Regional Apurimac; y,

- Un (1) coordinador de la MORDAZA de Tratamiento Especial (Municipalidad de MORDAZA Metropolitana y Gobierno Regional del Callao): representante del Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Asimismo, el Grupo de Trabajo podra invitar a participar a representantes del lnstituto Geografico Nacional - IGN, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - CEPLAN, entre otros que, con su apoyo coadyuven con el cumplimiento del objetivo de este. Articulo 3º.- Del Secretario Tecnico del Grupo de Trabajo El Gobierno Regional Ucayali se desempenara como Secretario Tecnico del Grupo de Trabajo. Articulo 4º.- De la acreditacion de los representantes de los Gobiernos Regionales Los representantes de los Gobiernos Regionales y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA seran acreditados por los titulares del pliego institucional, segun corresponda, ante la Presidencia del Consejo de Ministros, en el plazo de diez (10) dias habiles posteriores a la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- Instalacion El Grupo de Trabajo se instalara en el termino de cinco (5) dias habiles posteriores al plazo indicado en el articulo 4 de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 6.- Vigencia y Funcionamiento 6.1 La labor del Grupo de Trabajo tendra una vigencia de noventa (90) dias calendario posteriores a la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, a cuyo termino presentara la propuesta del Plan Nacional de Demarcacion y Organizacion Territorial 2012 - 2021. 6.2 El funcionamiento del Grupo de Trabajo no irrogara gastos al Tesoro Publico. 6.3 Cada entidad conformante del Grupo de Trabajo asumira los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 650402-1

Aprueban donaciones dinerarias en cumplimiento de lo dispuesto en la Clausula Decimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR de Convenios suscritos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 175-2011-PCM MORDAZA, 6 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 071-2006-EM, se aprobo el formato del Convenio para el aporte economico voluntario, extraordinario y temporal denominado "Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo" que celebran el Estado y las Empresas Mineras; Que, de acuerdo a la Clausula Decimo Sexta Reparaciones Colectivas, del formato de Convenio MORDAZA senalado, se contempla que, "Como excepcion, con cargo al FONDO MINERO REGIONAL XX y hasta por el 4% anual del mismo, se podra financiar actividades que el ESTADO solicite, para asistirlo en las REPARACIONES COLECTIVAS establecidas en el informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion (CVR), sin asumir la

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