Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2011 (08/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444079

Que, con fecha 05 de septiembre de 2010, el Ministerio de Agricultura, por medio del Expediente Nº 2024937, indico que no tiene observacion sobre la constitucion de derecho de servidumbre solicitada por la empresa Contugas S.A.C.; Que, con fecha 27 de septiembre de 2010, la Direccion Regional Agraria de Ica, a traves del Expediente Nº 2030335, adjunto el Informe Tecnico Nº 043-2010-GOREICA-DRAG-OAJ/AT, el cual senala que el terreno solicitado corresponde a terrenos eriazos del Estado, inscritos en la Partida Nº 11012866 a favor de la Direccion Regional de Agricultura de Ica, el mismo que no ha sido solicitado para incorporar MORDAZA productivo alguno; Que, con fecha 02 de diciembre de 2010, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, mediante el Expediente Nº 2047519, se pronuncio respecto a la posible duplicidad registral senalada por la SBN, adjuntando el Informe Tecnico Nº 1011-2010-Z.R.NºXI/OC-PISCO-R, donde indica que el area materia de servidumbre se encuentra inscrito dentro del predio con Partida Registral Nº 11012866, el cual pertenece a la Direccion Regional de Agricultura de Ica, sin superponerse con otro predio digitalizado inscrito; Que, considerando que el predio materia de solicitud de derecho de servidumbre legal es de dominio del Estado, y siendo que las entidades consultadas no han emitido oposicion a la imposicion de la servidumbre ni han senalado la existencia de algun perjuicio para el Estado o que el mencionado predio se encuentre incorporado a algun MORDAZA economico o fin util, corresponde que la constitucion del derecho de servidumbre deba efectuarse en forma gratuita, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 062-2010-EM, el cual precisa los alcances en cuanto al procedimiento de imposicion de servidumbres establecido en el TUO del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 0402008-EM; Que, de acuerdo a la Clausula Cuarta del Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, el plazo por el que se otorgo la Concesion es de treinta (30) anos, contado a partir de la Fecha de Cierre, plazo que no se computara por el tiempo que duren las suspensiones, de acuerdo a lo previsto en dicho Contrato y en las Leyes aplicables. Por consiguiente, el periodo de imposicion del derecho de servidumbre sobre el terreno descrito se debera prolongar hasta la conclusion de la Concesion, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el referido Contrato y de las que correspondan de acuerdo a las normas aplicables; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas ha emitido opinion favorable a la constitucion del derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre el predio MORDAZA descrito, a favor de Contugas S.A.C., cumpliendo con expedir el Informe Tecnico Legal Nº 020-2011-EM-DGH/PTC; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por Contugas S.A.C. y de acuerdo a lo dispuesto por las normas aplicables, se ha dado cumplimiento al procedimiento de constitucion de derecho de servidumbre sobre bienes del Estado, dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, asi como con lo dispuesto por el Titulo IV "Uso de bienes publicos y de terceros" del TUO del Reglamento de Distribucion Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, y por el Decreto Supremo Nº 062-2010-EM, mediante el cual se ha precisado el alcance del procedimiento de imposicion de servidumbres establecido en el mencionado Reglamento, razon por la cual debe constituirse el derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA solicitado a favor de Contugas S.A.C.; De conformidad con lo establecido por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, el Titulo IV del TUO del Reglamento de

Distribucion Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, el Decreto Supremo Nº 062-2010-EM, mediante el cual se ha precisado el alcance del procedimiento de imposicion de servidumbres establecido en el mencionado Reglamento y por el Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre el predio de propiedad del Estado Peruano ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM y el plano adjuntos que como anexos I y II, respectivamente, forman parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- El periodo de afectacion del area a la que hace referencia el articulo 1° de la presente Resolucion Suprema, se prolongara hasta la culminacion del Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, sin perjuicio de las causales de extincion que correspondan, previstas en el articulo 103° del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, asi como en el referido Contrato. Articulo 3º.- Contugas S.A.C. debera adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros e inconvenientes que puedan ocasionar sus instalaciones dentro del area descrita en el articulo 1° de la presente Resolucion Suprema, debiendo cumplir las medidas de seguridad, asi como las medidas para la proteccion del ambiente, establecidas en la normatividad vigente. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema constituira titulo suficiente para la correspondiente inscripcion de la servidumbre otorgada en los Registros Publicos. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

ANEXO I DESCRIPCION DEL AREA Titular Estado Peruano Ubicacion Predio ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica. Area total del terreno afectada 3,667.19 m² (0.366719 Ha.)

COORDENADAS UTM (PREDIO) AREA DE PREDIO (3,667.19 m²)

VERLONGITUD LADO TICE (m) 1 2 3 4 5 1-2 2-3 3-4 4-5 5-1 140.92 5.76 38.43 146.69 38.43

DATUM PSAD 56 NORTE ESTE

DATUM WGS84 NORTE ESTE

8477766.4078 375302.1006 8477398.6810 375077.7990 8477703.0157 375176.2401 8477335.2884 374951.9376 8477700.4226 375171.0926 8477332.6958 374946.7910 8477691.2229 375208.4024 8477323.4961 374984.1008 8477757.2080 375339.4111 8477389.4811 375115.1095

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