Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2011 (08/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444073

General de la Fuerza Aerea del Peru y la Fuerza Aerea de MORDAZA, que se realizara del 13 al 17 de junio de 2011:
MORDAZA General Mayor General MORDAZA FAP FAP FAP MORDAZA MILENKO VOJVODIC MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARBA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WICHT SAN MORDAZA

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aereo: MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA (Chile) - MORDAZA US $ 710.00 x 03 Personas (Incluye TUUA) Viaticos: US $ 200.00 x 05 dias x 03 Personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- Los Oficiales Generales y el Oficial Superior comisionados, deberan cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 650425-2 RESOLUCION SUPREMA N° 225-2011-DE/FAP MORDAZA, 7 de junio de 2011 Visto la Papeleta de Tramite NC-900-EMAI-Nº 0619 de fecha 26 de MORDAZA de 2011 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru y la Papeleta de Tramite NC-5-SGFA-Nº 2040 de fecha 27 de MORDAZA de 2011 del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, el Ala Aerea Nº 3 en representacion de la Fuerza Aerea del Peru, desde el ano 1990, viene participando en reuniones bilaterales de intercambio profesional entre las Guarniciones Aereas Fronterizas de Peru y MORDAZA, promoviendo el intercambio de experiencias e informacion en los aspectos operativo y doctrinario, con la finalidad de contribuir a los objetivos planteados por el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Relaciones Exteriores, asi como, para la formulacion de acuerdos operativos, ejercicios combinados, visitas de intercambio y otros congruentes con los objetivos establecidos en el "Plan Estrategico para la Preparacion y Desarrollo de la Fuerza Aerea del Peru al ano 2021"; Que, dichos eventos se encuentran enmarcados en los acuerdos establecidos entre los Jefes de Estado Mayor General de las Fuerzas Aereas del Peru y Chile; asi como en las Reuniones Bilaterales de Comandantes

Generales de Guarniciones Fronterizas de Peru y MORDAZA, las mismas que han servido para el fortalecimiento de las relaciones bilaterales; Que, la 1º Brigada Aerea de la Fuerza Aerea de MORDAZA ha cursado la invitacion oficial para realizar "XX Reunion Bilateral de Guarniciones Aereas fronterizas de MORDAZA y Peru", en la cuidad de Iquique ­ MORDAZA, del 22 al 24 de junio de 2011; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en comision de servicio a la MORDAZA de Iquique ­ MORDAZA, del 21 al 25 de junio de 2011, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participen en la "XX Reunion Bilateral de Guarniciones Aereas fronterizas de MORDAZA y Peru", por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, la citada comision se encuentra incluida en el rubro 5.-Medidas de Confianza Mutua, item 128, del plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 015-2011 DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, la Ley N° 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comision de servicio a la MORDAZA de Iquique ­ MORDAZA, del 21 al 25 de junio de 2011, al Personal Militar FAP que se indica a continuacion, para que participen en la "XX Reunion Bilateral de Guarniciones Aereas fronterizas de MORDAZA y Peru": Mayor General MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aereo: MORDAZA ­ Iquique (Chile) ­ MORDAZA US $ 710.00 x 03 Personas (Incluye TUUA) Viaticos: US $ 200.00 x 05 dias x 03 Personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Oficial General y los Oficiales Superiores comisionados, deberan cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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