Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2011 (08/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444085

Produccion y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 183-2009-PRODUCE, dejandose sin efecto la designacion de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Goyzueta como representante alterno del Ministerio de la Produccion ante la Comision de Productos Bandera, conforme a los considerandos precedentes, designandose en su reemplazo al Director de Competitividad de la Direccion General de Industria del Ministerio de la Produccion. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para los fines correspondientes. Articulo 3º.- Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAVA GUIBERT Ministro de la Produccion 649461-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban "Directiva para la Ejecucion del Servicio de Intermediacion Laboral"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 005-2011-MTPE/3 MORDAZA, 6 de junio de 2011 VISTOS: Los Oficios N° 485, 518, y 643-2011-MTPE/3/18 de la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo; los Informes N° 370 y 436-2011-MTPE/4.8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; el Oficio N° 374-2011-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 23º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado debe promover condiciones para el progreso social y economico, mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, el Convenio Nº 88 de la Organizacion Internacional del Trabajo, ratificado por el Estado Peruano el 06 de MORDAZA de 1962, establece, que todo Estado miembro de la organizacion debe mantener o garantizar el mantenimiento de un servicio publico y gratuito del empleo, cuya funcion esencial es lograr la mejor organizacion posible del MORDAZA del empleo; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 0212009 del 15 de Febrero del 2009, dispone que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo implementara el Servicio Nacional del Empleo, el mismo que comprende los principios, normas, procedimientos, tecnicas e instrumentos para a) La capacitacion para el trabajo, asistencia tecnica para emprendedores, certificacion de competencias y reconversion e intermediacion laboral; b) El levantamiento de informacion socio economico laboral; y c) La promocion del empleo temporal y juvenil; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo

­ MTPE del 16 de junio del 2009, establece las competencias exclusivas del sector, tales como formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales, en las siguientes materias: socio laborales, derechos fundamentales en el ambito laboral, seguridad y salud en el trabajo, difusion de normativa, informacion laboral e informacion para el MORDAZA de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspeccion de trabajo, promocion del empleo, intermediacion laboral, formacion profesional y capacitacion para el trabajo, normalizacion y certificacion de competencias laborales, autoempleo, reconversion laboral y migracion laboral; Que, de conformidad con lo previsto en el inciso b) articulo 70° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo del 21 de MORDAZA del 2010, se establece que: "La Direccion General del Servicio Nacional del Empleo tiene entre sus funciones especificas formular las normas nacionales y sectoriales, lineamientos tecnicos, directivas, mecanismos y procedimientos en materia de intermediacion laboral publica y privada, nacional y extranjera"; Con las visacion del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, la Directora General del Servicio Nacional del Empleo, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica y, De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del articulo 26° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; articulo 13.3° de la ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Ley N° 29831; y segun lo previsto en inciso b) del articulo 70° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR; SE RESUELVE; Articulo 1º.- APROBACION Apruebese la Directiva General No. 03-2011MTPE/3/18, "Directiva para la Ejecucion del Servicio de Intermediacion Laboral". Articulo 2º.- PUBLICACION Publiquese la Directiva para la Ejecucion del Servicio de Intermediacion Laboral" a que se refiere el articulo precedente en la Pagina Web del MTPE (http:/www.mintra.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion Vice Ministerial en el Diario Oficial El Peruano . Articulo 3°.- DEROGAR Derogar la Directiva N° 002-93- DNEFP/DEFP "Intermediacion de la oferta y la Demanda de mano de obra". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral 649904-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Rectifican coordenadas y modifican superficie a que se refieren las RR. SS. N°s. 006 y 021-2006-MTC, que autorizaron uso de area acuatica y/o terrenos riberenos otorgadas a favor de Southern Peru MORDAZA Corporation, Sucursal del Peru
RESOLUCION SUPREMA N° 019-2011-MTC MORDAZA, 7 de junio de 2011

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