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El Peruano 444247 - La Asignación de Consumo de 60 m3 se aplicará hasta el término del segundo año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. - La Asignación de Consumo de 50 m3 se aplicará hasta el término del tercer año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. (4) Categoría Industrial a. Aplicación de Asignación de Consumo - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 100 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 100 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 200 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 200 m3. b. Vigencia de Asignación de Consumo La Asignación de Consumo de 200 m3 se aplicará hasta el término del primer año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. (5) Categoría Estatal a. Aplicación de Asignación de Consumo - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 50 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 50 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 100 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 100 m3. b. Vigencia de Asignación de Consumo La Asignación de Consumo de 100 m3 se aplicará hasta el término del primer año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. e. Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1 El importe a facturar se aplicará según el procedimiento establecido en el artículo 90º del “Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento”, aprobado mediante Resolución Nº 011- 2007-SUNASS-CD2, modifi cado por Resolución Nº 088- 2007-SUNASS-CD. 2 Los rangos de consumo respectivos a cada categoría se refi eren a rangos continuos. f. Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. Se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 91º del citado “Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento” 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicará sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignación de consumo aplicable. B. LOCALIDAD DE SAN ANDRÉS a. Cargo fi jo (S/. / Mes) 1,77. Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. b. Cargo por volumen de agua potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./ m3) CATEGORÍA m3/mes Año 1 Año 2(1) Año 3 Año 4(1) Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,363 0,368 0,368 0,373 0,373 Doméstica 0 a 8 0,429 0,435 0,435 0,442 0,442 8 a 20 0,579 0,588 0,588 0,597 0,597 20 a más 0,669 0,679 0,679 0,689 0,689 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0,669 0,679 0,679 0,689 0,689 30 a más 1,247 1,266 1,266 1,285 1,285 Industrial 0 a 100 1,534 1,557 1,557 1,580 1,580 100 a más 1,986 2,016 2,016 2,046 2,046 Estatal 0 a 50 0,579 0,588 0,588 0,597 0,597 50 a más 0,815 0,827 0,827 0,840 0,840 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 1,5% correspondientes a los años 2 y 4, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios a partir del segundo año se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. c. Cargo por volumen de alcantarillado: CLASE RANGOS Tarifa (S/./ m3) CATEGORÍA m3/mes Año 1 Año 2(1) Año 3 Año 4(1) Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,157 0,158 0,158 0,160 0,160 Doméstica 0 a 8 0,185 0,187 0,187 0,189 0,189 8 a 20 0,250 0,253 0,253 0,255 0,255 20 a más 0,288 0,291 0,291 0,294 0,294 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0,288 0,291 0,291 0,294 0,294 30 a más 0,538 0,543 0,543 0,549 0,549 Industrial 0 a 100 0,662 0,668 0,668 0,675 0,675 100 a más 0,856 0,865 0,865 0,874 0,874 Estatal 0 a 50 0,250 0,253 0,253 0,255 0,255 50 a más 0,352 0,355 0,355 0,359 0,359 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 1,0% correspondientes a los años 2 y 4, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios a partir del segundo año se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social(1) Doméstica(2) Comercial(3) Industrial(4) Estatal(5) 10 20 20 40 30 50 60 100 100 200 50 100 (1) Categoría Social a. Aplicación de Asignación de Consumo - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 10 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 10 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 20 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 20 m3. b. Vigencia de Asignación Máxima de Consumo La Asignación de Consumo de 20 m3 se aplicará hasta el término del primer año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. (2) Categoría Doméstica a. Aplicación de Asignación de Consumo - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 20 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 20 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 40 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 40 m3. b. Vigencia de Asignación de Consumo La Asignación de Consumo de 40 m3 se aplicará hasta el término del primer año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. (3) Categoría Comercial a. Aplicación de Asignación de Consumo - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 30 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 30 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 50 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 50 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 60 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 60 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 100 m3 se les aplicará Asignación de Consumo equivalente a 100 m3. b. Vigencia de Asignación de Consumo 2 Publicado el 5 de Febrero de 2007 en el Diario Ofi cial El Peruano. Lima, jueves 9 de junio de 2011 PROYECTO