Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (09/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 84

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de junio de 2011 444244 Artículo 2º.- Dejar sin efecto toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad el cumplimiento del Plan aprobado. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 650003-1 Modifican plazo para adecuarse a la Ordenanza Nº 016-2010-MDLP/ALC ORDENANZA N° 006 La Punta, 30 de mayo de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta, en sesión celebrada el 30 de mayo de 2011, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972 y el Reglamento Interno del Concejo; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante el Informe Nº 042-2011-MDLP-GR, la Gerencia de Rentas y el Departamento de Atención al Vecino, proponen modifi car el plazo previsto en la Segunda Disposición Final de la norma antes mencionada, toda vez que con motivo de la notifi cación efectuada a los administrados a efectos de adecuarse a los lineamientos establecidos en la Ordenanza Nº 016-2010-MDLP/ALC, estos manifestaron su imposibilidad de sujetarse a corto plazo; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el presente texto normativo tiene por objetivo modifi car el plazo otorgado a efectos que los administrados obligados a sujetarse a la Ordenanza antes mencionada puedan contar con un mayor periodo de tiempo que les permita adecuar el toldo que actualmente exhiben a las características de diseño, color, dimensiones y estructura que la norma establece; por tal motivo, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, la presente ordenanza se encuentra exceptuada de la prepublicación que exige la ley, toda vez que el plazo de prepublicación de 30 días postergaría su vigencia, situación que resultaría desfavorable al interés público; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de La Punta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLAZO PARA SUJETARSE A LA ORDENANZA Nº 016-2010-MDLP/ALC Artículo 1º.- Modifícase la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 016-2010-MDLP/ALC, en el sentido de otorgar un plazo de doce (12) meses, contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los administrados cumplan con adecuarse a todas y cada una de sus disposiciones técnicas así como para iniciar el trámite conducente a la obtención de la respectiva autorización municipal, caso contrario el responsable ya sea como propietario del elemento o del predio deberá proceder a retirar el toldo bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la ley. Artículo 2º.- Encargar a las Gerencias de Rentas, de Desarrollo Local y de Servicios a la Ciudad, el fi el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el Portal Institucional (www.munilapunta.gop.pe). PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 650003-2 PROYECTO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de resolución que aprueba fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer Precios de los Servicios Colaterales que presta a sus usuarios EMAPISCO S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 020-2011-SUNASS-CD Lima, 6 de junio de 2011 VISTO: El Informe Nº 018-2011-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta: (i) el Proyecto del Estudio Tarifario con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán de aplicación por la empresa EMAPISCO S.A. para el próximo quinquenio y, (ii) la Evaluación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales que presta a sus usuarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 013-2009-SUNASS- GRT del 07 de agosto del 2009 se iniciaron los