Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2011 (19/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de junio de 2011

2007 del Ministerio de Salud a los Gobiernos Regionales en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM; Que, a traves del Dictamen Nº 004-2011-CR-CODSLPCFR/GR.MOQ la Comision Ordinaria de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza considera que es procedente la aprobacion de la modificacion del CAP del Hospital Jhon F. MORDAZA de la provincia de Ilo a traves de Ordenanza Regional; Que, los articulos 15º y 16º del Decreto Supremo Nº 0432004-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del CAP, precisan que este documento de gestion se aprueba mediante Ordenanza Regional y se modifica cuando la entidad MORDAZA sufrido modificaciones en su ROF; En uso de las facultades conferidas por Ley Nº 27867,-Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 0012011-CR/GR.MOQ, Dictamen Nº 004-2011-CR/CODSLCP/ GR.M de la Comision Ordinaria de Desarrollo Social Lucha contra la Pobreza, Informe Tecnico Nº 108-2011-GRPPAT/ GR.MOQ, Informe Legal Nº 035-2011-SEZR-DRAJ/GR.MOQ, el Consejo Regional de MORDAZA, por votacion unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL CAP DEL HOSPITAL JHON F MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR, la Modificacion del Cuadro Para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital Jhon F. MORDAZA de Ilo, el mismo que cuenta con 240 cargos, 189 Plazas Presupuestadas y 51 cargos previstos, de acuerdo a los MORDAZA anexo 8 folios forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones y normas regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano Articulo Cuarto.- REMITIR; MORDAZA de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia, Vicepresidencia Regional, Consejo Regional, Gerencia General Regional, Direccion Ejecutiva de la Red de Salud Ilo para su conocimiento y fines. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, para su promulgacion. MORDAZA, 29 de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del dos mil once. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

VISTO: La Hoja de Recomendacion Nº 015-2011-OCIMSS, del Organo de Control Institucional, el Memorandum Nº 79-2011-A-MSS de Alcaldia, el Memorandum Nº 5272011-GM-MSS de Gerencia Municipal, el Memorandum Nº 162-2011-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 051-2011-SGPLAE-GPPMSS de la Subgerencia de Planeamiento y Estadistica, el Informe Nº 027-2011-GII-MSS, de la Gerencia de Imagen Institucional, el Informe Nº 051-2011-SGSE-GII-MSS de la Sugerencia de Servicios Especiales y el Informe Nº 550-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, quienes solicitan la designacion del responsable del Libro de Reclamaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se establecio la obligacion de las entidades publicas comprendidas en los numerales 1 al 7 del Articulo 1º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participacion ciudadana y salvaguarda de los derechos de los usuarios; Que, el Articulo 3º del acotado Decreto Supremo, entre otras caracteristicas, establece que el Libro Reclamaciones es uno en el, que los usuarios podran formular sus reclamos, debiendo consignar, ademas, informacion relativa a su identidad y aquella otra necesaria a efectos de darle respuesta, de acuerdo al formato aprobado por esa misma MORDAZA como anexo; Que, el Articulo 4º del mismo Decreto Supremo, establece que la entidad publica esta obligada a dar respuesta al usuario, por medio fisicos o electronicos, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, informandole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar hechos similares en el futuro; Que, el Articulo 5º de la MORDAZA referida, dispone que mediante resolucion del titular de la entidad se designa al responsable del Libro de Reclamaciones y que se informe al Organo de Control Institucional, sobre el cumplimiento de dicho Decreto Supremo; Que, mediante Memorandum Nº 162-2011-GPP-MSS la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con el Informe Nº 051-2011-SGPLAE-GPP-MSS de la Subgerencia de Planeamiento y Estadistica, sugiere que el responsable del Libro de Reclamaciones este a cargo de la Subgerencia de Servicios Especiales; Que, con Informe Nº 027-2011-GII-MSS, del 01.06.2011 la Gerencia de Imagen Institucional acompanando el Informe Nº 051-2011-SGSE-GII-MSS del 09.05.2011 de la Sugerencia de Servicios Especiales, solicita la designacion del responsable del libro de reclamaciones, en los Centros de Atencion Surcana ­CAS, sugiriendo que este debe implementarse de manera virtual; Que, mediante Informe Nº 550-2011-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que es procedente contar con el Libro de Reclamaciones, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, asimismo senala que debe informarse al Organo de Control Institucional; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que en la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA se implemente obligatoriamente el "Libro de Reclamaciones" el mismo que puede ser en forma fisica y/o virtual. Articulo Segundo.- DESIGNAR a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA YUTA Subgerente de Servicios Especiales (e), como el funcionario responsable del "Libro de Reclamaciones" de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo Tercero.- ESTABLECER que para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, el funcionario designado debera cenirse y observar lo dispuesto por la Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, siendo responsable de la correcta aplicacion. Articulo Cuarto.- DISPONER que todos los funcionarios de las Gerencias y Subgerencias que integran la estructura organica de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad, toda la informacion que sea requerida por el funcionario designado

654615-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Disponen que en la Municipalidad se implemente el Libro de Reclamaciones y designan funcionario responsable
RESOLUCION Nº 610-2011-RASS
MORDAZA de MORDAZA, 15 de junio de 2011 EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO:

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