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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (19/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de junio de 2011 444994 nueve, inciso dos, de la Constitución Política del Estado. Ante ello, para determinar la actividad indebida con características de corrupción es necesario apreciar conjuntamente las pruebas e indicios, a fi n de evaluar de manera integral el orden que siguen las conductas del investigado en los hechos imputados; Cuarto: Que, de la diligencia de verifi cación de fojas trescientos veintiocho, así como del informe de fojas trescientos cuarenta y nueve, se advirtió la existencia de trece demandas de amparo similares seguidas por la Asociación Solari Perú, representada por Juan José Vásquez Miranda, contra el Ministerio Público y el Trigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima, cuyo petitorio versa sobre la declaración de inejecutabilidad del auto expedido por el Décimo Sétimo Juzgado de Instrucción de Barcelona del nueve de agosto del dos mil siete. De estas demandas, seis han sido ingresadas en el sistema conforme al reporte sobre estado de expedientes, a las cuales se le han asignado los siguientes números: 1) Expediente número siete mil seiscientos noventa y cuatro guión dos mil siete, Sexto Juzgado Civil, Secretario Manuel Vargas Guerra. Ingresó el veintinueve de octubre de dos mil siete a dieciséis horas con treinta y cinco minutos, que obra a fojas ciento sesenta y uno; 2) Expediente número siete mil setecientos cuarenta y tres guión dos mil siete, segundo Juzgado Civil, Secretaria Cristina Díaz Osorio. Ingresó el treinta de octubre de dos mil siete a las dieciséis horas con veinticuatro minutos, que obra a fojas ciento sesenta y dos; 3) Expediente número siete mil setecientos sesenta y cuatro guión dos mil siete, Primer Juzgado Civil, Secretaria Dora Mujica Minaya. Ingresó el treinta y uno de octubre de dos mil siete a las once horas con cuarenta y ocho minutos, que obra a fojas ciento sesenta y tres; 4) Expediente número siete mil setecientos sesenta y cinco guión dos mil siete, Tercer Juzgado Civil, Secretario Mariela Moreno Vega. Ingresó el treinta y uno de octubre de dos mil siete a las once horas con cincuenta y un minutos, que obra a fojas ciento sesenta y cuatro; 5) Expediente número siete mil setecientos sesenta y seis guión dos mil siete, sexto Juzgado Civil, Secretario Alberto Jara Valencia. Ingresó el treinta y uno de octubre de dos mil siete a las once horas con cincuenta y tres minutos, que obra a fojas ciento sesenta y cinco; 6) Expediente número siete mil setecientos sesenta y siete guión dos mil siete, Sétimo Juzgado Civil, Secretaria Betty Delgado Castro. Ingresó el treinta y uno de octubre de dos mil siete a las once horas con cincuenta y cuatro minutos, que obra a fojas ciento sesenta y seis. Las otras siete demandas restantes han sido ingresadas a Mesa de Partes el treinta y uno de octubre de dos mil siete, a las once horas con cuarenta y dos minutos, todas debidamente selladas con un sello que indica: “sin tasa ni cédulas”, como aparece de fojas ciento sesenta y siete a trescientos veintisiete. Quinto: Cabe resaltar que en la diligencia de verifi cación la Jefa de Mesa de Partes de los Juzgados Civiles, Yessica Gesell Benites Domínguez, sostiene que con fecha veintiocho de octubre de dos mil siete recibió una llamada del servidor encausado, efectuada al teléfono de vigilancia que funciona en la sede de la Corte Superior de La Libertad, ubicada en el Jirón Grau número quinientos ochenta y uno, Trujillo, donde ella se encontraba laborando, indicándole que iba a ingresar una demanda y le solicitaba que la “dirija” al Sexto Juzgado Civil, sin que ésta le hiciera ofrecimiento alguno siendo que en su declaración de fojas mil treinta y ocho, la servidora Yessica Benites Domínguez indicó que el Administrador investigado le solicitó que ingresara la demanda al Sétimo Juzgado Civil que despacha el Juez Justo Vera, insistiéndole que la misma la dirija al aludido órgano jurisdiccional; sin embargo, de conformidad con el sistema aleatorio ésta fue ingresada al Sexto Juzgado Civil, ante lo cual el investigado mostró su disconformidad; la servidora Benites Domínguez en la diligencia de verifi cación señaló que el servidor encausado “personalmente ha vuelto a presentar una nueva demanda idéntica a la anterior”, la cual siguiendo el sistema aleatorio ingresó al Segundo Juzgado Civil; posteriormente, ingresó once demandas más, que fueron recepcionadas por el auxiliar Ernesto Guevara Chumbes, de las cuales cuatro ingresaron al sistema y las siete restantes no fueron ingresadas, toda vez que se advirtió que eran idénticas a las demás. Sexto: Que, el accionar del Administrador investigado se ve corroborada con las declaraciones de Yessica Gesell Benites Domínguez, Jefa de Mesa de Partes de los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, obrante a fojas mil treinta y ocho; quien declaró: “¿Para que diga si el día veintiocho o veintinueve de octubre de dos mil siete, en que la absolvente laboró en el local del Jirón Grau número quinientos ochenta y uno, si es cierto que recibió una llamada telefónica del señor Álvaro Valverde Reyes, y con que motivo? Dijo, que si es cierto, el motivo era para el ingreso de una demanda, o sea él pedía que la demanda ingrese a un determinado juzgado civil: el Sétimo Juzgado Civil con el doctor Justo Vera; y que iba a venir dejando la demanda por la mañana. Luego vino con la demanda y se la entregó personalmente y le pidió que pasara al Sétimo Juzgado Civil, tratando de convencerla, ella dijo que no se podía; sin embargo, él insistió de que sí se podía, entonces siguió insistiendo y ella no le contestó nada y él se retiró, en su idea pensaba que ya la había convencido. En la tarde, aproximadamente cuatro y treinta de la tarde, no acordándose exactamente, llamó él por teléfono para ver si ya había ingresado la demanda y le contestó que todavía no la había ingresado, entonces ese mismo día que la llama ingresó la demanda al Segundo o Sexto Juzgado Civil, como fue el juzgado que no deseaba, trajo otra demanda más, esa otra demanda ingresó a otro juzgado esto fue al Segundo Juzgado Civil y después al ver que no ingresó al Sétimo Juzgado Civil, en días posteriores, a eso de las once o doce del medio día, le trajo más o menos seis o siete demandas (debe constar en el acta) y esas demandas las trajo en la mañana, dándole el sobre con las demandas al señor Ernesto Guevara, esas demandas estaban sin tasa, sin cédulas, era una acción de amparo; insistente se quedó sentado para ver cual ingresaba al Sétimo Juzgado Civil, ingresando una al sétimo, y cuando ésta ingresó se fue contento”; Sétimo: Asimismo, Ernesto Guevara Chimbe, Auxiliar Administrativo de la Mesa de Partes Única de los Juzgados Civiles del Distrito Judicial de La Libertad a fojas trescientos treinta y siete, declaró: “ ... recuerda que aproximadamente a fi nes del mes de octubre, no puede precisar la fecha exacta, el señor Álvaro Valverde Reyes, de quien sabe que ha trabajado en la Ofi cina de Notifi caciones de esta Corte, se hizo presente en Mesa de Partes de los Juzgados Civiles entrevistándose con la señora Yessica Benites Domínguez, refi riéndole que iba a ingresar una demanda y, en efecto, luego retornó con una demanda, la que fue recepcionada por el declarante; sin embargo, fue ingresada por la señora Yessica en el sistema aleatorio de Mesa de Partes. Posteriormente, el referido Álvaro Valverde Reyes ha retornado para informarse del destino de su demanda y al no haber llegado al juzgado que deseaba, pues así lo expresó, indicó que iba a ingresar otra demanda, retornando con posterioridad e ingresando un grupo de demandas, las que por indicaciones de la encargada de Mesa de Partes fueron recepcionadas por el declarante, debidamente selladas, pero la indicación que no contenían anexos; éstas son las demandas que se le ponen a la vista y que no han sido ingresadas al sistema por la similitud con otras demandas, advertida por la encargada de Mesa de Partes “, versión que mantiene en su declaración de fojas mil veintiocho. Octavo: Finalmente, Roberto Guevara Coronel, Vigilante que desempeña labores en la sede de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, a fojas trecientos cuarenta declaró: “Que conoce que el señor Álvaro Valverde Reyes se ha desempeñado en la Ofi cina de notifi caciones de esta Corte, pues cuando el declarante desempeñaba sus funciones en el Jirón Grau, el referido servidor llegaba acompañado de los notifi cadores a efectuar algunas diligencias. En efecto, el declarante recepcionó esa llamada del señor Álvaro Valverde Reyes solicitando comunicarse con la señora Yessica Benites Domínguez, pero desea aclarar que ello ocurrió el día lunes veintinueve de octubre de dos mil siete, aproximadamente entre las cinco de la tarde y seis de la tarde, procediendo a comunicarlo, pues la señora Yessica Benites acostumbra a laborar hasta esas horas y se encontraba laborando en Mesa de Partes; pero que desconoce el contenido de esa conversación. Que le consta que el señor Álvaro Valverde Reyes regresó al día siguiente esto es, el martes treinta de octubre de dos mil siete, aproximadamente a las seis de la tarde, portando un sobre, desconociendo su contenido, pero que manifestó que iba a Mesa de Partes a una gestión rápida, ingresando y saliendo a los pocos minutos, por lo que no se dejó constancia en el libro de ocurrencia de vigilancia…”, versión que sostiene a fojas mil veintisiete. Noveno: Que, el accionar del servidor investigado Álvaro Valverde Reyes se verifi ca plenamente con las copias certifi cadas de las demandas similares incoadas por la Asociación Solari Perú contra el Ministerio Público y el Trigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima, que ingresaron a los Juzgados Civiles, así como de sus proveídos generados del ingreso o “ruleteo” de las mismas; accionar que se ve agravado con la propia declaración del investigado Álvaro Valverde Reyes, quien acepta tácitamente los cargos formulados, sosteniendo un argumento de defensa