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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (19/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de junio de 2011 445003 dentro de los términos legales y en las condiciones que haga posible su cumplimiento, a fi n de que cumpla con la función encomendada. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Imagen Institucional y a la Subgerencia de Servicios Especiales, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General remitir copia certifi cada, de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de presente Resolución en el Portal Electrónico de la Municipalidad de Santiago de Surco, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 654581-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza que establece el Régimen Excepcional para el reconocimiento de asentamientos humanos en las posesiones informales del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2011 Callao, 13 de junio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN EXCEPCIONAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN LAS POSESIONES INFORMALES DEL PROYECTO ESPECIAL CIUDAD PACHACÚTEC Artículo 1º. Apruébase el Régimen Excepcional para el Reconocimiento de Asentamientos Humanos en las Posesiones Informales del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, distrito de Ventanilla. Artículo 2º. Otórgase un plazo de ciento veinte días calendario a partir de la publicación de la presente Ordenanza, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1. Artículo 3º. Los requisitos para solicitar el reconocimiento de asentamiento humano son: 1.- Solicitud dirigida al Alcalde. 2.- Copia fedateada del acta de asamblea general manifestando la voluntad de constituirse como asentamiento humano. 3.- Relación de moradores que lo integran. 4.- Plano perimétrico en coordenadas UTM. 5.- Contar con reconocimiento de junta directiva de la agrupación poblacional. Artículo 4º. Encárgase a la Gerencia General de Asentamientos Humanos el cumplimento y control de lo ordenado. Artículo 5º. El presente Régimen Excepcional para el Reconocimiento de Asentamientos Humanos en las Posesiones Informales del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, distrito de Ventanilla, será gratuito. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 655125-1 Modifican procedimientos de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro en el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000006-2011-MPC-AL Callao, 16 de junio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto: el Informe Nº 80-2011-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, sobre modifi cación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos correspondiente a la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 36º numeral 3) en concordancia con el artículo 38º numeral 5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se realiza mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 020-2011-MPC/GGDU/ GPUC/AL/PVG la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, informa sobre la necesidad de adecuar el TUPA en función al artículo 6º de la Ley Nº 29566, que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, proponiendo eliminar o reemplazar el requisito de Certificado de Habilitación Profesional de Ingenieros o Arquitectos por la Declaración Jurada expedida por dichos profesionales, en los trámites regulados por la Ley Nº 29090 – Ley de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; Que, con Informe Nº 049-2011-MPC/GGPPR-GR, la Gerencia de Racionalización, opina favorablemente respecto a la modifi cación de requisitos de los Procedimientos 3º, 7º y 9º de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y Asesoría Jurídica y Conciliación, y Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Modifíquese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao, los Procedimientos 3º, 7º y 9º de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, reemplazando el requisito de Certifi cado de Habilitación Profesional de Ingenieros o Arquitectos por la Declaración Jurada expedida por dichos profesionales, conforme al cuadro que se acompaña y forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Dispóngase la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El