Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2011 (19/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444989

Renuevan autorizacion otorgada a favor de MORDAZA MORDAZA S.A. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en OM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 532-2011-MTC/03
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 2010-007944 de fecha 25 de febrero de 2010, presentado por la empresa MORDAZA MORDAZA S.A sobre renovacion de su autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Lima-HuarochiriCanta, de la provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 377-2000MTC/15.03, de fecha 4 de octubre de 2000, se autorizo por el plazo de diez (10) anos a la empresa MORDAZA MORDAZA S.A. para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de LimaHuarochiri-Canta en el departamento de Lima. Conforme a lo dispuesto por el articulo 2º de la citada resolucion, el plazo de vigencia de la autorizacion vencio el 5 de junio de 2010; Que, con escrito de registro Nº 2010-007944 de fecha 25 de febrero de 2010, la empresa MORDAZA MORDAZA S.A., solicito la renovacion de su autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 377-2000-MTC/15.03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a los dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º del citado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, asimismo el articulo 68º del mencionado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada. En el presente caso, la solicitud de renovacion, presentada mediante escrito de registro Nº 2010-007944 del 25 de febrero de 2010, fue presentada dentro del plazo de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 377-2000MTC/15.03; Que, mediante Memorando Nº 2095-2010-MTC/29 la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hizo MORDAZA y remitio a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones el Informe Nº 2476-2010-MTC/29.02, que da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada a la estacion el 03 de MORDAZA de 2010, concluyendo que es favorable ya que la estacion se encuentra prestando el servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM) conforme a las caracteristicas tecnicas autorizadas y las normas tecnicas de radiodifusion; Que, acorde con el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 028-2005MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 2652006-MTC/03 y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Lima-Huarochiri-Canta, se incluye al distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 1873-2011-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que la estacion radiodifusora perteneciente a la empresa MORDAZA MORDAZA S.A., se encuentra en aptitud tecnica para continuar operando y que, desde el punto de vista legal, es procedente renovar la autorizacion otorgada a la referida empresa para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) para la localidad de MORDAZA, Huarochiri, Canta, en el departamento de MORDAZA, al haberse verificado el cumplimiento de las

condiciones y requisitos previstos en los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC/03; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 377-2000-MTC/15.03 a favor de la empresa MORDAZA MORDAZA S.A., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 5 de junio de 2020, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA, -Huarochiri, -Canta, en el departamento de Lima. Articulo 2º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente a los derechos de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

653844-1

Autorizan a la empresa Vias Seguras S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales y disponen su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL N° 2013-2011-MTC/15
MORDAZA, 1 de junio de 2011 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2010-022987, 2011-0007903 y Parte Diario N° 049729 mediante los cuales la empresa denominada VIAS SEGURAS S.A.C., solicita autorizacion como Escuela de Conductores Integrales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales. Que, mediante los documentos indicados en vistos, la empresa denominada VIAS SEGURAS S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud de autorizacion como Escuela de Conductores Integrales con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.