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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (21/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de junio de 2011 445057 PERSONAL SUBALTERNO: Nº GRADO ESP APELLIDOS Y NOMBRES CIP DNI 1 T2 Ele FLORES Padilla Isaias 06831266 43291451 2 T3 Señ YATACO Villa Miguel Angel 02871701 43317606 3 T3 Eco RUNCO Argandoña Edgardo 03830354 43304398 4 T3 Tel MEZA Alvarado Roberto César 02929375 43294412 5 T3 Man SOTO Mucha Walter 02954369 09802294 6 OM1 Pra MORI Grandez Darwin 05903257 05338965 7 OM1 Mot LAVI Mori Gelver 01960659 43369269 8 OM1 Pra VALLE Cardenas Jaime Enrique 02979378 43605169 9 OM1 Pra FLORES Tuanama Mayler 02940504 43440972 10 OM1 Art ARANA Tejeda Paulo Percy 01963818 43561687 11 OM2 Art QUEZADA Capuñay Erick Absalón 01981638 43566108 12 OM2 Int SOLORZANO Jiménez Guillermo Fabián 00829961 43333159 13 OM2 Man BARDALES Pérez Dobeertin 03967967 43318137 14 OM2 Art VALERA Coral Marco Antonio 00680320 43812013 15 OM2 Art PORTARO Murillo Erick Giovanni 00978516 10398673 16 OM2 May MEDINA Monje Néstor Adan 04943600 44457297 17 OM2 Coc TUISIMA Isuiza Pepe Luis 02982699 44163692 18 OM3 Enf CHAVEZ Márquez Alfonso 01938617 25799650 19 OM3 Mot FLORES López Johnny Javier 00086526 44730415 20 OM3 Mot MAMANI Moya Jorge Armando 00094559 43444025 21 OM3 Adm VERA Obregón Carlos Joel 01018590 44705106 22 OM3 Man SAAVEDRA Soto Freddy Martin 02077395 44654440 23 OM3 Pel SALDAÑA Tapullima Liborio 01003100 44416332 24 OM3 Art SALAZAR Ugas Saúl 02021365 44302553 25 OM3 Art CARO Ríos Tony 01049744 44743044 26 OM3 Adm PAUJA León Josué Fernando 01042762 42774999 27 OM3 Mot ANGULO Zevallos Charles Robert 01052664 43997854 28 OM3 Ccg SALCEDO Quispe Chanel 02043683 44993221 29 OM3 Lav DIAZ Tello Gustavo 03968959 43455274 30 OM3 Ele RUIZ Alor Omar Alexander 01022714 45447837 31 CB1 Cub GOMEZ Tananta Jhon 02003727 45656946 32 CB2 Ccg RAMIREZ Chihuala Julio 00083781 45350657 33 CB2 Svc AQUINO Dávila Mauro 02005992 71255682 34 MAR Svc GARCIA Saldaña Rony 01135041 45975099 655777-4 ECONOMIA Y FINANZAS Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 445-2011-EF/43 Lima, 17 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 362-2002- EF/10, ratifi cada por Resolución Ministerial Nº 315-2011- EF/43 de fecha 3 de mayo de 2011, se designó, entre otros, a la señora Rosario Esther Cáceres Ruíz como Asesor II, Categoría F-5 del Despacho Viceministerial de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Asesor II del Despacho Ministerial, por lo que resulta necesario designar a la persona que desempeñará el mencionado cargo; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos; De conformidad con la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM y las Resoluciones Ministeriales Nº 223 y Nº 224- 2011-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora Rosario Esther Cáceres Ruíz, contenida en la Resolución Ministerial Nº 362-2002-EF/10, ratifi cada por Resolución Ministerial Nº 315-2011-EF/43. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Rosario Esther Cáceres Ruíz en el cargo de Asesor II, Categoría F-5 del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 655776-1 EDUCACION Aprueban las “Normas Técnicas para el Diseño de Locales de Educación Básica Regular- Nivel Inicial” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0252-2011-ED Lima, 14 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, establece en su artículo 5º literal a) y b), que son atribuciones del Ministerio de Educación, entre otras, la de “Formular la política general de gobierno central en materia de educación, cultura, deporte y recreación, y supervisar su cumplimiento” y “Formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, cultura, deporte y recreación”; Que, el Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009- 2005-ED, establece en su artículo 66º que “El Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene la responsabilidad de defi nir, dirigir, normar y gestionar la política educativa nacional, teniendo en cuenta los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República. Sus funciones se ejercen con criterios de orden técnico- normativo y funcional”; Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece en su artículo 79º que “El Ministerio de Educación, es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deportes, en concordancia con la política general del Estado”; Que, el artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias, establece que el Viceministerio de Gestión Institucional “Dirige el proceso de descentralización y establece criterios técnicos que orientan el desarrollo y modernización en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, coordina las relaciones con los organismos de cooperación internacional, emite normas para la construcción, refacción y equipamiento de locales escolares”; Que, el artículo 53º literal c) del citado Reglamento de Organización y Funciones, señala que la Ofi cina de